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JURISPRUDENCIA : CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS : CSJ : SCL
Corte Suprema de Justicia, S. CL 4444SL de 2019 - Contrato de prestación de servicios con árbitro de fútbol. En otras palabras, quien se vincula como prestador de un servicio como el del árbitro, no hace lo que quiera, donde le apetezca y cuando le provoque, sino que atiende lo que el contratante requiere y necesita, poniendo eso sí, en el desarrollo de la labor toda su experticia, bajo su cuenta y riesgo, pero siempre respetando la directriz del contratista y la naturaleza propia de la labor encomendada sin que medie subordinación jurídica y mucho menos técnica, pues en la estructura del fútbol colombiano, ni la Federación ni la Dimayor le dan instrucciones a los árbitros de cómo deben dirigir un determinado partido, ni los constriñen a que provoquen un determinado resultado, porque se insiste, el árbitro no pertenece directamente a ninguna de las entidades demandadas. Valga la pena destacar que por la naturaleza propia de la función, la de impartir justicia incluso en un campo de fútbol, debe ser, por excelencia, independiente y autónoma, así se le asegura a quienes son juzgados, en este caso dirigidos, la mayor objetividad posible; y buscando justamente esa característica, es la Comisión Arbitral y el respectivo colegio de árbitros al que esté vinculado el respectivo árbitro, quienes pactan el servicio
Corte Suprema de Justicia, S. CL 44770 de 2014 - ¿Es incompatible el disfrute de la pensión de vejez con el salario que devenga una persona como empleado público contratado bajo la modalidad de prestación de servicios? - No, al respecto ha de señalar la Sala que el problema jurídico plantado por la censura, ha sido explicado en varias oportunidades por esta Corporación, en donde se precisó que si bien es cierto las disposiciones del art. 1° del D. 625 de 1988, 8º de la L. 71 de 1988, 9° del D. 1160 de 1989 y 35 del A. 49 de 1990 aprobado por el D. 758 de esa misma anualidad proscribían la posibilidad de que una persona pudiese disfrutar de dos o más asignaciones del Tesoro Público. Sin embargo, con la llegada del sistema general de pensiones regulado por la L. 100 de 1993, y la forma como se diseñó la financiación del fondo común administrado por el Instituto de Seguros Sociales, se han ido desfigurando las incompatibilidades de percibir mesadas y salario, inclusive se ha posibilitado el disfrute de dos prestaciones, una de jubilación proveniente del Tesoro Nacional y la otra a cargo del Instituto, por ejemplo cuando se trate de servicios prestados por una misma persona a entidades públicas y privadas. El anterior razonamiento, encuentra soporte al expedirse la L. 797 de 2003, que en el lit. m) del art. 2°, que modificó el art. 13 de la L. 100 de 1993. En este orden de ideas, la tendencia jurisprudencial es a considerar la necesaria armonización de los preceptos que prescribían la incompatibilidad del salario con las pensiones a cargo del Instituto de Seguros Sociales, hoy Colpensiones, con las normas que rigen el sistema de seguridad social integral, para concluir que esa prohibición ha sido atenuada, y en principio cabría el disfrute simultaneo de la pensión de vejez, con el salario por servicios prestados en una entidad privada, o incluso en una de carácter público, que es el caso bajo estudio, por lo que, se itera, para su disfrute, no sería necesario el retiro del servicio, tal como lo señala la censura y la razón por la cual los cargos son fundados
Corte Suprema de Justicia, S. CL 37820 de 2014 - ¿Basta con demostrar la sucesión de contratos de prestación de servicios para probar la buena fe del empleador? No, importa agregar, que tal como lo ha sostenido la jurisprudencia de manera reiterada, la existencia de contratos de prestación de servicios por sí solos no son suficientes para tener probada la convicción de que la contratante obró bajo los postulados de la buena fe, pues se deben atender las condiciones como efectivamente se desarrollaron. Mirando en conjunto el caudal probatorio, lo que acontece en el sub examine, es que en la práctica el ISS abusó en la celebración y ejecución de contratos de prestación de servicios con supuestos mantos de legalidad, con el único propósito de negar la verdadera relación de trabajo subordinado como la del analizado servidor, a efecto de burlar la justicia y los condignos derechos sociales que debieron reconocerse a tiempo a favor del trabajador demandante, lo que es reprochable y reafirma la mala fe de la entidad empleadora. Y en lo que tiene que ver con los varios pronunciamientos por parte de esta Corporación en otros asuntos análogos, donde se consideró en más de un centenar de ocasiones, que los contratos de prestación de servicios celebrados por el Instituto de Seguros Sociales bajo el amparo de la Ley 80 de 1993 eran en realidad laborales y a los que alude la censura en el ataque, la verdad es que, el ISS ha hecho caso omiso a ellos y persiste en continuar utilizando esta forma de contratación para situaciones como la que ocupa la atención a la Sala, en la cual como atrás se explicó, conforme al acopio probatorio examinado, está plenamente acreditado que el vínculo del demandante de la manera como se desarrolló, en definitiva no encaja dentro de los presupuestos de la citada preceptiva, lo que sumado al conocimiento que tenía la demandada sobre lo que aflora de la realidad en el manejo de esas relaciones, conlleva a considerar bajo estas directrices, que el actuar sistemático del Instituto demandado se constituye en burla de derechos fundamentales del operario
Corte Suprema de Justicia, S. CL 40658 de 2012 - ¿Basta que se alleguen los contratos de prestación de servicios para demostrar que no existe relación de trabajo con el ISS? - No, no basta para demostrar la buena fe del empleador, que se niegue la existencia del contrato de trabajo, así se incorpore el texto de nexos de naturaleza diferente a la laboral, ya no se admite la afirmación de una conducta precedida de buena fe cuando se pactan, como en este caso, contratos de prestación de servicios, siguiendo simplemente las pautas aparentes de legalidad que los deben rodear, pero existiendo elementos claros de subordinación para el sector público, como la existencia de un horario de trabajo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 35781 de 2011 - Rafael Díaz Trujillo demandó al Centro Comercial Hacienda Santa Bárbara, para que se declare la resolución por incumplimiento del contrato de servicios celebrado con el centro comercial. Rompimiento unilateral del contrato. Contrato de prestación de servicios. Condición de exclusividad de los servicios profesionales del actor. El demandado puso término de manera unilateral y sin justa causa al contrato de prestación de servicios. Terminación unilateral por razón de la exclusividad. No casa la sentencia
Corte Suprema de Justicia, S. CL 40273 de 2011 - Elementos para la configuración del contrato de trabajo. La continuada dependencia o subordinación jurídica, que es el elemento característico y diferenciador de toda relación de carácter laboral. Contratos de prestación de servicios. Artículo 20 del Decreto 2127 de 1945, que consagró "El contrato de trabajo se presume entre quien presta cualquier servicio personal y quien lo recibe o aprovecha; corresponde a este último destruir la presunción"
Corte Suprema de Justicia, S. CL 35811 de 2011 - Se demandó a Termotasajero S.A. E.S.P., para que se le reintegrara a un extrabajador al cargo que ejercía, ya que su contrato de trabajo fue terminado unilateralmente y sin justa causa por la empresa "intermediaria", por indicaciones de Termotasajero. La contratación de trabajadores en misión con Empresas de Servicios Temporales. El contrato de suministro. Contratos de prestación de servicios temporales. Casa la sentencia
Corte Suprema de Justicia, S. CL 38833 de 2010 - No casa la sentencia. Terminación del contrato de trabajo. Contratos denominados de Prestación de Servicios. Despido sin justa causa. Negación de la relación contractual laboral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 36744 de 2010 - Casa la sentencia. Contratos de prestación de servicios. Hubo solución de continuidad en los contratos suscritos, lo que lo conllevó a concluir que existió independencia en aquellos, pues, de la prueba denunciada, se aprecia que en los pluricitados contratos hubo interrupciones cortas, sin que ello implicara la ausencia de prestación de servicios. Cuando la interrupción de los contratos no es amplia, como aconteció en el sub lite, no puede entenderse que hubo solución de continuidad. Actora ostentaba la calidad de trabajadora oficial y la convención colectiva le es aplicable
Corte Suprema de Justicia, S. CL 35966 de 2010 - No casa la sentencia. Contratos de prestación de servicios. La denominación asignada a la función convenida no es un indicativo inexorable de la existencia de una relación laboral, si se tiene en cuenta que en cada caso serán las condiciones particulares que rodeen el cumplimiento de la actividad contratada las que determinen si tiene lugar una dependencia o subordinación que sitúen la prestación personal del servicio en el plano de una relación laboral. Pese a que halló la prueba del cumplimiento de un horario de trabajo, con razones estrictamente jurídicas, descartó la existencia de la subordinación. Principio de la prioridad del contrato realidad
Corte Suprema de Justicia, S. CL 34975 de 2010 - No casa la sentencia. Contratos de prestación de servicios. La prestación de servicios de la actora fue subordinada y en realidad estuvo regida por un contrato de trabajo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 34933 de 2010 - Recurso de casación contra la sentencia en el juicio promovido contra Ministerio de Desarrollo Económico y el IFI. Empresa industrial y comercial del Estado. Prestó sus servicios bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios, de manera subordinada, sujeta a horario y cumpliendo órdenes. Existencia de una relación subordinada de trabajadora oficial que terminó por despido unilateral y sin justa causa. Indemnización moratoria. Extensión de los derechos convencionales. Casa parcialmente la sentencia
Corte Suprema de Justicia, S. CL 34470 de 2010 - Demandante persigue que se declare la existencia de un contrato de trabajo con el Hospital a término fijo y el pago de las prestaciones sociales derivadas del mismo. Contrato de prestación de servicios especializados en ejercicio de una profesión liberal o mediante contrato civil. La subordinación laboral como elemento esencial del contrato de trabajo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 34729 de 2009 - ¿El Tribunal dejó de apreciar o no analizó las pruebas acusadas por el demandante, lo cual conllevó al error evidente de no dar por demostrado la prestación de servicios del actor y los honorarios que se adeudan por dicho concepto? La censura no derruye uno de los pilares de la decisión del Tribunal como es la falta de pruebas que acredite concretamente el alcance del servicio prestado y los trabajos efectivamente ejecutados por el actor.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 33379 de 2009 - ¿Es procedente declarar que el demandante prestó sus servicios a la demandada entre 1996 y 2000, como profesor de cátedra en distintos postgrados, mediante un contrato de trabajo, se le condene al pago de los salarios insolutos, la cesantía y sus intereses, vacaciones, primas de servicio y la indemnización moratoria? Reglas adjetivas de la demanda de casación. Posibilidad de la existencia de contratos civiles de prestación de servicios, para desarrollar labores transitorias y específicas, excluyendo la existencia de una vinculación de carácter laboral.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 33099 de 2009 - ¿Es procedente declarar la existencia de un contrato de prestación de servicios profesionales de carácter privado, terminado por finalización de la labor encomendada, que como consecuencia, la demandada le debe al demandante una determinada suma de dinero, junto con los intereses moratorios y las costas del proceso? Apreciación de las pruebas. El pacto de honorarios por cuota litis conlleva una obligación de resultado.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 32107 de 2009 - Solicitud de pago de la indemnización convencional por despido injusto y la indemnización moratoria por el no pago oportuno de los salarios, prestaciones e indemnizaciones. No le era dado al Tribunal argumentar que el último de los contratos de trabajo terminó por el vencimiento del plazo pactado, tomando para ello unos extremos correspondientes a un contrato de prestación de servicios en el cual se acordó como término de duración el comprendido entre el 16 de mayo y el 30 de junio de 2003, que no corresponde a los fijados precisamente para el último contrato de trabajo que dijo existió entre las partes. El contrato de prestación de servicios no puede ser utilizado cuando se trate de relaciones laborales.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 28037 de 2008 - Para demostrar la condición de trabajador oficial no basta con acreditar que se labora en entidades encargadas de la construcción y sostenimiento de obras públicas, sino constatar que la labor desarrollada tiene relación directa con tales actividades. Contrato de prestación de servicios. Contrato de trabajo - Elementos. Principio de contrato realidad. Acreencias laborales - Pago. Sanción moratoria. Trabajadores oficiales - Régimen salarial
Corte Suprema de Justicia, S. CL 28801 de 2007 - ¿Se da una verdadera relación laboral en forma subordinada e ininterrumpida, cuando se reciben órdenes, se cumple horario y se exige prestar los servicios en las instalaciones del empleador, con los elementos que éste le suministra? La causal segunda de casación en materia laboral se tipifica cuando la sentencia del juez de segundo grado contiene decisiones que imponga mayores cargas a la parte que apeló o de aquella a favor de quien se surtió el grado jurisdiccional de consulta y, por consiguiente, le hace más gravosa su situación respecto de las resoluciones que fueron adoptadas por el juez a quo. Acción de reintegro. Indemnización por despido sin justa causa. Principio de contrato realidad. Contrato estatal de prestación de servicios. Recurso de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26217 de 2006 - ¿Son trabajadores oficiales quienes desempeñaran cargos no directivos destinados al mantenimiento de la planta física hospitalaria, o de servicios generales en la estructura administrativa de la Nación, de las entidades territoriales o de sus entidades descentralizadas? Contrato de trabajo - Elementos. Contrato estatal de prestación de servicios. Principio de contrato realidad. Sistema Nacional de Salud - Régimen jurídico de servidores. Recurso de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26607 de 2006 - ¿En los contratos de prestación de servicios el contratista debe prestar sus servicios con total autonomía, sin subordinación alguna o dependencia con la entidad contratante, con sujeción exclusiva a las normas propias de su profesión? Contrato de prestación de servicios. Principio de contrato realidad. Contrato de trabajo - Elementos
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26458 de 2006 - ¿La subordinación la debe demostrar de manera clara y precisa quien alega ser trabajador? ¿La subordinación laboral o dependencia es la potestad del empleador de impartir órdenes en la ejecución de la labor contratada? Contrato de obra. Principio contrato realidad. Contrato de prestación de servicios. Contrato de trabajo - Elementos
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26443 de 2006 - ¿La simple facultad de supervisión que un contratante tiene sobre el contratista no configura relación laboral? ¿La existencia de un contrato civil o comercial no impide que se den instrucciones o se vigile la ejecución de la obra contratada dentro de las instalaciones empresariales y un horario determinado tampoco implica la presencia del elemento subordinación? Contrato de obra. Principio contrato realidad. Contrato de prestación de servicios. Contrato de trabajo - Elementos
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26220 de 2006 - ¿El no haber cancelado el patrono a la finalización del contrato de trabajo el valor total de las prestaciones a que tiene derecho el trabajador, lo hace acreedor a la sanción moratoria? Acreencias laborales. Indemnización por despido sin justa causa. Contrato de prestación de servicios. Principio de contrato realidad. Sanción moratoria
Corte Suprema de Justicia, S. CL 25753 de 2006 - ¿La circunstancia de haberse celebrado, en forma verbal, el contrato de prestación de servicios entre un profesional y una empresa, no configura por sí misma un contrato de trabajo a término indefinido? Contrato de prestación de servicios. Principio de contrato realidad. Contrato de trabajo - Elementos. Subordinación laboral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 24495 de 2006 - ¿La indemnización moratoria es un derecho que surge y tiene su causa en el contrato de trabajo y la solidaridad legal se impone como una medida de protección para los asalariados? ¿La iniciativa en el pago de salarios y prestaciones sociales del trabajador debe emanar del empleador? Contrato de trabajo - Elementos. Contrato de prestación de servicio. Principio de contrato realidad. Responsabilidad solidaria. Indemnización moratoria
Corte Suprema de Justicia, S. CL 24146 de 2005 - ¿Para el reconocimiento de honorarios se requiere demostrar la gestión desarrollada o prestación del servicio y cuantificar el valor de la gestión? Contrato de prestación de servicios. Honorarios profesionales. Recurso extraordinario de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 24124 de 2005 - ¿La carga de la prueba de las elementos del contrato de trabajo, en una relación de prestación de servicios corresponde al contratista? Principio de contrato realidad. Contrato de trabajo - Elementos. Contrato de prestación de servicios. Recurso extraordinario de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 24072 de 2005 - El contratista que efectúa su labor con subordinación y dependencia, pues el patrono le da órdenes y cumple horario, ¿es trabajador? Contrato de trabajo - Elementos. Supernumerarios. Principio de contrato realidad. Contrato de prestación de servicios. Instituto de Seguros Sociales - Trabajadores oficiales. Trabajadores de la seguridad social
Corte Suprema de Justicia, S. CL 23921 de 2005 - ¿La finalidad del recurso de casación es la unificación de la jurisprudencia nacional? Contrato de prestación de servicios. Contrato de trabajo - Elementos. Recurso de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 22898 de 2004 - Se pronunció el actor procurando se le declarara que existió una relación laboral entre él y Telecom y se le condenara a pagar las primas, vacaciones, cesantías e intereses a la misma, horas extras, recargos nocturnos, trabajo en días dominicales y festivos, la indemnización moratoria del Artículo 65 del C.S.T., indexación, aportes pensionales y de salud, indemnización por despido. Contrato de trabajo - Elementos determinantes. Contrato estatal de prestación de servicio de vigilancia - Pagos a contratista. Principio de contrato realidad. Recurso de casación - Causales. Técnicas. Requisitos. Contenido de la demanda. Legitimación
Corte Suprema de Justicia, S. CC 7273 de 2004 - ¿Es posible demandar una compañía de vigilancia con el objeto que se declare civilmente responsable "por falla en la prestación del servicio", como consecuencia del obrar doloso de sus dependientes en el caso del hurto a entidad financiera que la había contratado? Contrato de prestación de servicio de vigilancia - Responsabilidad de los contratantes. Conductas dolosas de vigilantes a cargo del contratista. . Responsabilidad por incumplimiento. Delito de hurto calificado. Proceso ordinario - Valoración de daño causado. Formalidades probatorias. Pruebas de oficio. Principio de reparación integral del daño. Principio de equidad. Responsabilidad civil contractual - Régimen aplicable. Prueba del daño
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21613 2003 - El actor demandó a la Sociedad Clínica Valledupar Ltda. para que se declare que las partes estuvieron vinculadas por contrato de trabajo y para que la demandada fuese condenada a pagarle dominicales, festivos, recargos nocturnos, horas extras nocturnas, salarios retenidos, cesantía y sus intereses, vacaciones, primas de junio y de navidad, la cotización para la pensión de vejez, indemnización por despido sin justa causa, la indemnización por la falta de consignación de la cesantía e indemnización moratoria. Contrato de trabajo - Verbal. Contrato de prestación de servicios - Régimen legal aplicable. Pago de honorarios. Proceso laboral - Carga de la prueba. Principio de la buena fe patronal. Sanción moratoria. Reiteración
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21542 2003 - Los demandantes demandan a su empleadora para que fuese condenada a pagarles cesantía, intereses de cesantía y su correspondiente sanción, indemnizaciones por despido y por mora, pensión de jubilación, subsidio familiar, servicios médicos, vacaciones, primas de servicios, horas extras, dominicales y festivos, indexación e intereses. Esto por prestarle sus servicios personales por más de 20 años. Proceso laboral - Prueba de continuidad en la prestación del servicio. Carga de la prueba. Confesión ficta o presunta. Prueba testimonial. Prueba indiciaria. Recurso de casación - Pruebas
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21406 2003 - El demandante alega que desempeñó en I.S.S. varios cargos, en labores propias de los contratos de trabajo, pues se configuraban sus tres elementos. A pesar de lo anterior, se suscribieron varios contratos que se les dio la denominación de contratos comerciales de prestación de servicios profesionales, con el fin de burlar los derechos reconocidos en la Constitución y en la ley a los trabajadores. Contrato comercial de prestación de servicios - Régimen legal aplicable. Contrato de trabajo - Elementos. Principio de contrato realidad. Presunción del vínculo laboral. Proceso laboral - Carga de la prueba
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21270 2003 - El actor demanda varias empresas con el fin de que se declarara que entre ellos existió un contrato de trabajo. Agrega que aunque el contrato se enmarcó como un contrato civil de prestación de servicios técnicos, se dieron todos los elementos tipificadores del contrato de trabajo. Contrato civil de prestación de servicios - Régimen legal aplicable. Contrato de trabajo - Elementos configurativos. Principio de contrato realidad. Recurso de casación - Régimen probatorio
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21223 de 2004 - ¿Si se desvirtúan los conceptos de autonomía e independencia en un contrato de prestación de servicios profesionales, puede hablarse de la existencia de una relación laboral? Contrato de trabajo - Régimen legal aplicable. Horario de trabajo. Concurrencia con otros contratos de distinta naturaleza. Elementos de la relación laboral. Principio de contrato de trabajo realidad. Jornada laboral - Régimen aplicable. Proceso laboral - Prueba de confesión. Apreciación conjunta de pruebas. Indemnización moratoria
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21219 2004 - ¿La sola designación que se le de a la forma como se retribuyen los servicios, genera ipso jure una determinada naturaleza jurídica al vínculo contractual existente entre las partes? Contrato de prestación de servicios profesionales - Régimen legal aplicable. Retribución mediante honorarios. Principio de contrato realidad - Prueba de la subordinación. Contrato de trabajo - Elementos. Principio de buena fe patronal
Corte Suprema de Justicia, S. CL 20033 2003 - Contrato de prestación de servicios profesionales - Configuración de contrato de trabajo. Contrato realidad. Recurso de casación. Causales de casación. Técnicas de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 20004 2003 - Contrato de prestación de servicios - Diferencias con contrato de trabajo. Contrato de trabajo - Diferencias con contrato de prestación de servicios. Elementos. Contrato realidad. Principio de la buena fe patronal. Recurso de casación - Causales. Requisitos de la demanda. Técnicas. Sanción moratoria
Corte Suprema de Justicia, S. CL 19643 2003 - Trabajador oficial. Contrato de prestación de servicios. Empresas industriales y comerciales del Estado - Funcionarios con calidad de trabajador oficial
Corte Suprema de Justicia, S. CL 19091 2002 - Contrato realidad. Derechos de los herederos. Elemento subordinación en la relación laboral. Sustitución patronal. Contrato de prestación de servicios
Corte Suprema de Justicia, S. CL 18871 2002 - Contrato de prestación de servicios. Contrato realidad. Indemnización de perjuicios. Contrato de trabajo. Realidad procesal
Corte Suprema de Justicia, S. CL 18287 2002 - Contrato de prestación de servicios. Elementos de subordinación para que se configure contrato laboral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 18028 2002 - Contrato de prestación de servicios. Se configuran los elementos de contrato individual de trabajo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17959 2002 - Contrato de prestación de servicios profesionales. Honorarios. Terminación de contrato. Liquidación de los honorarios correspondientes a la labor efectivamente realizada por ésta en ejecución del contrato y no por todo el valor pactado. Valor estimado por perito
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17951 2002 - Contrato de prestación de servicios. Configuración de contrato de trabajo. No se demuestra la mala fe
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17909 2002 - Prestación de servicios profesionales. Honorarios por corretaje. No se dio venta sino fusión, tercero comisionista. Pomona - Cadenalco
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17903 2002 - Contrato de prestación de servicios como aseadora. Validez del contrato
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17811 2002 - Contrato de prestación de servicios profesionales. Abogado. Cuota Litis. Diferenciación entre los diferentes contratos suscritos. Sólo se otorgó poder para uno de los procesos. No aplica cláusula penal al no configurarse el contrato por falta de otorgamiento de poder
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17770 2002 - Contrato de prestación de servicios. No cumple los elementos que lo configuran en contrato laboral. Tampoco puede creerse que el hecho que se convenga la realización de actividades que tengan que ver con el "giro de la entidad contratante" o con sus objetivos institucionales pueda ser tomado como muestra de subordinación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17715 2002 - Liquidación honorarios profesionales de abogado. Cuota Litis. Proceso civil que terminó por transacción y no por lo que inicialmente se consideró como un litigio complejo, permite modificar el valor establecido por honorarios
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17243 2002 - Contrato de prestación de servicios como médico del ISS. Contrato real laboral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17196 2002 - Contrato de prestación de servicios profesionales. Contrato de asesoría. De un contrato inicial laboral se pasó a un contrato de prestación de servicios
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17138 2002 - Contrato de prestación de servicios que reune las características de contrato laboral. No hay lugar a indemnización moratoria se demuestra buena fe en el empleador
Corte Suprema de Justicia, S. CL 16916 2002 - Contrato de prestación de servicios; caracteristicas que lo diferencian del contrato de trabajo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 16899 2002 - Prestación de servicios, no configurado el vinculo por contrato laboral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 14271 2002 - Contrato de prestación de servicios profesionales
Corte Suprema de Justicia, S. CL 16085 2001 - Contrato de prestación de servicios. Diferencia entre subordinación y obligaciones profesionales y éticas del contratista
Corte Suprema de Justicia, S. CL 15315 2001 - Contrato de prestación de servicios
Corte Suprema de Justicia, S. CL 15185 2001 - Contrato de Prestación de Servicios; cesantias, primas y vacaciones
Corte Suprema de Justicia, S. CL 14751 2001 - Contrato de Prestación de Servicios; indemnización por terminación unilateral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 6730 1994 - Contrato de prestación de servicios. Médico a Centro médico

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Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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