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JURISPRUDENCIA : CONTRATO VERBAL
JURISPRUDENCIA : CONTRATO VERBAL : TUTELA
Corte Constitucional, S. UNIFICADA T- 540 de 2007 - Acción de tutela contra sentencia judicial proferida en sede de casación en la cual se confirmó el fallo de primera instancia, por el cual se negaron las pretensiones del demandante (sacerdote perteneciente a la Orden de Predicadores) consistentes en que se declarara la existencia de un contrato de trabajo entre él y una universidad de carácter privado y como consecuencia de ello que se condenara al ente universitario a pagarle los salarios insolutos, liquidación del auxilio de cesantías, prima de servicios, vacaciones e indemnización por despido injusto, con la respectiva indexación. Mediante el fallo de tutela proferido en segunda instancia se concedió el amparo solicitado, ante el incumplimiento de la universidad, se inició incidente de desacato, en el que cual se resolvió terminar el trámite tutela por muerte del actor, toda vez que éste se inició después de su muerte. ¿El fallo proferido por el juez de tutela en segunda instancia se ajustó o no a las reglas constitucionales y a la jurisprudencia de la Corte Constitucional? El hecho de que la Orden de Predicadores no haya sido convocada de manera directa dentro del proceso de tutela, no genera nulidad. Competencia de la Jurisdicción Disciplinaria para conocer de las tutelas instauradas contra las Salas de Casación de la Corte Suprema de Justicia. La muerte del demandante en la acción de tutela trae como consecuencia la carencia de objeto, por daño consumado, lo cual no es óbice para que la tutela sea revisada. Posibilidad de proyección hacia herederos o familiares. Incidencia de la muerte del accionante en el caso de sentencias que conceden la protección. Régimen especial de las relaciones entre el Estado Colombiano y la Iglesia Católica. Autonomía de la Iglesia Católica. La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia no incurrió en vía de hecho, en consecuencia la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, no debió conceder el amparo.
Corte Constitucional, S. T- 255 de 2005 - ¿Es procedente la acción de tutela, cuando la supuesta vulneración o amenaza de los derechos fundamentales se produce en el marco de una relación laboral cuya existencia no se encuentra probada, como lo es el reclamo de prestaciones sociales producto de un contrato verbal de trabajo? Al existir ausencia de prueba sobre el vínculo laboral, no es posible deducir el estado de subordinación de la demandante con respecto a accionado, requisito de procedibilidad de la acción. Negada
Corte Constitucional, S. T- 1070 2001 - Contrato verbal; mujer embarazada
Corte Constitucional, S. T- 1031 2000 - Contrato de trabajo; protección por tutela
Corte Constitucional, S. T- 180 2000 - Contrato de trabajo; no tiene que constar por escrito
Corte Constitucional, S. T- 346 2000 - Derecho al minimo vital de los trabajadores; pago oportuno de salarios y afiliación a seguridad social producto del contrato verbal
JURISPRUDENCIA : CONTRATO VERBAL : CSJ
Corte Suprema de Justicia, S. CL 31646 de 2010 - No casa la sentencia. Responsabilidad plena por accidente de trabajo. Contrato de trabajo verbal. Pensión por invalidez. Prueba del daño emergente. Lucro cesante futuro. Pruebas documentales. Dictamen pericial. Perjuicios derivados de la culpa patronal
Corte Suprema de Justicia, S. CL 27736 de 2007 - Cuando el empleador actua con negligencia y de manera imprudente al enviar a su trabajador a laborar en un sitio que presentaba riesgo de altura, totalmente desprovisto de elementos de seguridad que previeran o impidieran la caída que le causó la muerte, debe resarcir los perjuicios. Accidente de trabajo - Culpa del empleador. Contrato estatal de obra - Accidente de operario. Contrato de trabajo verbal. Pensión de sobrevivientes - Requisitos
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26130 de 2006 - ¿La circunstancia de que el demandado sea o no propietario del inmueble donde se prestó el servicio, resulta indiferente frente a la presencia del vínculo contractual, habida cuenta que no es la propiedad la que otorga el carácter de empleador, sino el poder subordinante que éste tenga respecto del trabajador? Contrato de trabajo verbal. Acreencias laborales. Proceso laboral - Prueba testimonial. No contestación de la demanda. Contrato de trabajo - Elementos. Recurso de casación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 25874 de 2006 - ¿Las labores ejecutadas en proyectos agrícolas comerciales contratadas por una entidad de investigación agropecuaria, que no son propias de su actividad normal, constituyen relación laboral? ¿El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito; para su validez no requiere forma especial alguna, salvo disposición expresa en contrario? Contrato de trabajo verbal - Terminación unilateral. Trabajador ocasional, accidental o transitorio
Corte Suprema de Justicia, S. CL 25184 de 2006 - ¿Permitir a quien fue trabajador, la permanencia durante muchos años en la finca del expatrono, llegando a la convivencia familiar reconocida hasta en testamento, cuando éste fallece, puede permitir el amparo de una relación laboral? ¿Respecto de la sanción por mora, ella no deviene de manera automática, pues debe mediar siempre el examen concreto del aspecto subjetivo de por qué el empleador se abstuvo de pagar o pagó deficitariamente a la terminación del contrato los conceptos debidos a que le fuerza la ley? Contrato de trabajo verbal - Término indefinido. Acreencias laborales. Salario en especie. Sanción moratoria
Corte Suprema de Justicia, S. CL 25183 de 2006 - Los testimonios no son pruebas calificadas en el recurso extraordinario de casación laboral y, por ende, no es dable fundar sobre ellos un ataque a una providencia susceptible del mismo. Contrato de trabajo verbal. Contrato de trabajo a término indefinido. Contrato de obra. Acreencias labroales
Corte Suprema de Justicia, S. CL 21613 2003 - El actor demandó a la Sociedad Clínica Valledupar Ltda. para que se declare que las partes estuvieron vinculadas por contrato de trabajo y para que la demandada fuese condenada a pagarle dominicales, festivos, recargos nocturnos, horas extras nocturnas, salarios retenidos, cesantía y sus intereses, vacaciones, primas de junio y de navidad, la cotización para la pensión de vejez, indemnización por despido sin justa causa, la indemnización por la falta de consignación de la cesantía e indemnización moratoria. Contrato de trabajo - Verbal. Contrato de prestación de servicios - Régimen legal aplicable. Pago de honorarios. Proceso laboral - Carga de la prueba. Principio de la buena fe patronal. Sanción moratoria. Reiteración
Corte Suprema de Justicia, S. CL 19886 2003 - Se señala que las sociedades demandadas vinculadas y dedicada a la industria del petróleo, vincularon laboralmente a los demandantes mediante un contrato de trabajo verbal y a término indefinido y que fueron separados de sus cargos por decisión unilateral y sin justa causa para ello; que no se les ha cancelado parte de sus salarios, vacaciones, primas legales, cesantías e intereses, indemnización por despido injusto; que las empresas demandadas han obrado de mala fe al no cancelar los beneficios convencionales; que el decreto 284 de 1957 establece que los trabajadores de las empresas contratistas deben devengar los mismos salarios y prestaciones de los trabajadores de la empresa beneficiaria cuando esta se encuentre dedicada a la industria del petróleo. Recurso de casación - Causales. Técnicas
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17869 2002 - Contrato de trabajo verbal. Falta de pruebas para sustentar su iniciación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17442 2002 - Demostración de la existencia de vinculo laboral mediante contrato verbal. Empleador directo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17092 2002 - Mayordomo, demostración de existencia de contrato de trabajo verbal
Corte Suprema de Justicia, S. CL 14819 2001 - Contrato verbal; despido injusto
Corte Suprema de Justicia, S. CL 14379 2001 - Contrato verbal; contrato a término indefinido
Corte Suprema de Justicia, S. CL 14212 2001 - Contrato verbal; contrato a término indefinido

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Última actualización: 29 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.943 - 17 de Noviembre de 2024)

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