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JURISPRUDENCIA : SALARIO INTEGRAL : CSJ
Corte Suprema de Justicia, S. CL 2804SL de 2020 - El pacto escrito de salario integral no puede colegirse de la conducta del trabajador derivada de su silencio o asentimiento tácito. Al ser la forma escrita consustancial al acto, no puede suplirse a través del silencio o comportamiento del trabajador. Es indispensable que la forma preordenada por el legislador se cumpla, de lo contrario, el acto es inexistente. Por consiguiente, no podría el silencio del trabajador o su comportamiento, sustituir o desplazar, poco a poco, la formalidad escrita determinada por la ley. Ello llevaría, por ejemplo, al absurdo de admitir que en el Derecho Civil el matrimonio puede inferirse del comportamiento de la pareja o la venta de un inmueble del silencio o la conducta de los contratantes. Lo anterior no significa que el pacto de salario integral deba estar incorporado en el clausulado del contrato de trabajo. Bien puede suscribirse como un anexo al mismo o mediante documento separado o, incluso, mediante un cruce de comunicaciones que refleje la intención del trabajador de convenir un salario integral, con todas sus consecuencias. Sin embargo, ello en modo alguno releva de la obligación de cumplir la formalidad escrita para substituirla por conductas inductivas del trabajador
Corte Suprema de Justicia, S. CL 1720 de 2018 - Ineficacia de las estipulaciones que determinan un salario integral por debajo de los trece salarios mínimos legales mensuales. El artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 18 de la Ley 50 de 1990, regula lo referente a la libertad que tienen los sujetos de la relación laboral para establecer libremente el salario y sus diversas modalidades, pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones y fallos arbitrales. Para la existencia del salario integral es necesario que concurran dos elementos, que son de su esencia: i) una asignación igual o superior a 10 salarios mínimos legales vigente más el factor prestacional que no podrá ser inferior al 30% de dicha cuantía; y ii) la estipulación por escrito de dicha modalidad salarial. Se precisa que en caso de no confluir estos requisitos se torna ineficaz la estipulación contractual respectiva. Ahora bien, es pertinente recordar que la Sala, en diferentes oportunidades, se ha referido a la posibilidad de establecer un salario integral proporcional a la jornada laboral cuando, la misma es inferior a la establecida legalmente. En igual sentido, la Corte precisó que los conceptos de salario mínimo legal y salario integral no son diametralmente diferentes, cuando el legislador, en el artículo 147-3 del CST, ordena que en caso de laborarse jornadas inferiores a las máximas legales, y se devengue el salario mínimo, este regirá en proporción al número de horas efectivamente laboradas, estableciendo así un control garantista mediante el desarrollo del principio de la proporcionalidad, aplicable al salario integral cuando la jornada de trabajo sea inferior a la establecida legalmente
Corte Suprema de Justicia, S. CL 32310 de 2009 - ¿Es procedente condenar a la enjuiciada a cancelarle a la demandante los saldos insolutos del salario pactado (salario integral más la indemnización moratoria? El salario mínimo legal y el salario integral no configuran conceptos diametralmente diferentes. Salario mínimo y salario integral no son sinónimos, mas ello no implica que un principio tuitivo como el de proporcionalidad no pueda ser aplicado a ambos como garantía.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 32122 de 2009 - ¿Es procedente condenar en forma solidaria a las empresas demandadas al a pagarle diferencias salariales derivadas de cancelar salario integral deficitario, indemnización por despido injusto e indemnización moratoria? Deficiencias en cuanto al ejercicio del recurso extraordinario de casación. Cuando se propone un cargo aduciendo falta de apreciación de las pruebas, no basta con relacionarlas, sino que es necesario explicar, de manera precisa, frente a cada una de ellas, qué es lo que en verdad acreditan, de qué manera incidió su falta de valoración en la decisión acusada, y en qué consistió el error de hecho, pues este es el presupuesto de la aplicación indebida que enrostra a la decisión y lo que permite a la Corte establecer la magnitud del desatino, que debe ser ostensible y trascendente, so pena de no lograr el objetivo de desquiciar la presunción de acierto y legalidad que ampara toda sentencia objeto de este recurso extraordinario.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 31284 de 2009 - Sustitución patronal. Incorporación al régimen de salario integral. Desmejora salarial antes de la sustitución pensional y continuada luego de la sustitución.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 27282 de 2008 - Prueba de estipulación sobre salario integral. Cuando el trabajador devengue un salario ordinario superior a diez salarios mínimos legales mensuales, valdrá la estipulación escrita de un salario integral que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios, de donde se colige que se requiere el escrito, para que el pacto de salario integral tenga validez.
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26680 de 2006 - ¿El acto conciliatorio tiene efectos de cosa juzgada? ¿La invitación continua del empleador a terminar unilateralmente el contrato de trabajo constituye fuerza que pueda catalogarse como con capacidad suficiente para viciar el consentimiento de una persona? Contrato de trabajo - Terminación por mutuo consentimiento. Salario integral. Planes de retiro voluntario. Conciliación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 25191 de 2006 - Es inaceptable, por carecer de apoyo legal, que una persona que ha ocupado diferentes cargos en una empresa, sin solución de continuidad, tenga "tantos contratos como cargos ocupados". ¿El nombramiento del actor como Subgerente Comercial, para ejecutar labores distintas a las que desarrollaba como Asesor Comercial, conllevaba un cambio del objeto y la transformación del contrato escrito a plazo fijo, en uno verbal e indefinido? Indemnización por despido sin justa causa. Salario integral. Contrato de trabajo a termino fijo - Prórroga
Corte Suprema de Justicia, S. CL 19683 2003 - Salario integral - Concepto. Acuerdo entre empleador y trabajador. Imposibilidad de solicitar reconocimiento de salarios y reajuste de prestaciones sociales y vacaciones, con la consiguiente indemnización moratoria con la terminación del contrato de trabajo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 18812 2003 - Auxilio de cesantía - Reconocimiento y pago. Instituto de Seguros Sociales - Reajuste de aportes para pensión. Pensión de jubilación - Reconocimiento y pago. Pensión de jubilación compartida - Reconocimiento y pago. Pensión de vejez - Reconocimiento y pago. Salario integral - Ponderación para liquidación de pensión
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17785 2002 - Salario integral. Valor cancelado inferior al valor permitido. Indemnización por mala fe en la liquidación del mismo y su correspondiente liquidación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17214 2002 - Salario integral. Base para los incrementos anuales. La omisión del empleador en el pago de lo legalmente adeudado no puede cambiar la modalidad del salario integral pactado. Discrepancia en la determinación del factor prestacional
Corte Suprema de Justicia, S. CL 17194 2002 - Prima de productividad; computada como factor salarial dentro de salario integral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 16725 de 2001 - ¿Un fallo inhibitorio sobre una reclamación laboral interrumpe la prescripción de la acción laboral? ¿La interrupción de la prescripción requiere de tres requisitos: que se haga por escrito, que el escrito precise los derechos reclamados y que sea recibido por el empleador? Salario - Incremento. Salario integral. Prestaciones sociales - Salario base de liquidación. Despido ilegal. Trabajador - Falta grave. Despido - Causales. Acción laboral - Término de prescripción
Corte Suprema de Justicia, S. CL 14505 2001 - Contrato de trabajo a término indefinido; terminación por justa causa, salario integral
Corte Suprema de Justicia, S. CL 10837 1998 - Salario integral; estipulación no requiere fórmulas sacramentales
Corte Suprema de Justicia, S. CL 10799 1998 - Salario integral; el legislador reglamentó el mínimo
Corte Suprema de Justicia, S. CL 9810 1997 - Salario integral; aceptación no se extiende automáticamente para cesantías e indemnizaciones

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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