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RESOLUCIÓN 104 DE 2009

(febrero 26)

Diario Oficial No. 47.303 de 26 de marzo de 2009

INSTITUTO COLOMBIANO DE FOMENTO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014>

Por la cual se complementa el contenido de la Resolución 092 del 22 de febrero de 2008, en relación con la validación del bachillerato en un solo examen.

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE FOMENTO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR,

en ejercicio de sus facultades legales conferidas por el parágrafo del artículo 2o del Decreto 2832 de 2005 y el Decreto 299 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 89 de la Ley 115 de 1994 establece que el Gobierno Nacional reglamentará el sistema de títulos y validaciones de la educación;

Que el artículo 89 de la Ley 115 de 1994 fue reglamentado por el Decreto 2832 de 2005 que en el parágrafo de su artículo 2o, otorga competencia al ICFES para realizar la validación del bachillerato en un solo examen conducente a la obtención del título de bachiller académico;

Que mediante el Decreto 299 de 2009 fueron reglamentadas las condiciones para la presentación del examen de validación en un solo examen;

Que mediante Resolución número 092 de 2008 el ICFES expidió la reglamentación de los procedimientos para registro, inscripción, citación y presentación de exámenes ante el ICFES, cuyo contenido es aplicable en lo pertinente, a los exámenes de validación del bachillerato, que también se realizan por parte de esta entidad y que es procedente complementar atendiendo las modificaciones introducidas por el Decreto 299 de 2009, para la presentación de dicho examen.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> El objeto de la presente resolución es complementar el contenido de la Resolución 092 de 2008, en el sentido de realizar los ajustes a los procedimientos de registro, inscripción, citación y presentación, únicamente con relación al examen de validación de conformidad con los lineamientos señalados en el Decreto 299 de 2009.

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ARTÍCULO 2o. PROCESO DE INSCRIPCIÓN Y REGISTRO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> Podrán inscribirse para presentar el examen de Validación del Bachillerato los mayores de edad y los menores que para el momento de presentación de la prueba hayan cumplido o cumplan los 18 años.

Conforme a lo establecido en el artículo 1o del Decreto 299 de 2009 es indispensable tener la mayoría de edad en la fecha de presentación del examen de validación.

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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> A los aspectos no regulados en la presente resolución, les serán aplicables las disposiciones contenidas en la Resolución 0092 de 2008.

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ARTÍCULO 4o. AREAS DE CONOCIMIENTO OBJETO DE EVALUACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> En el examen se evaluarán las áreas de Matemáticas (prueba de matemáticas), Lenguaje (prueba de lenguaje), Ciencias Naturales (pruebas de biología, física y química), Sociales y Humanidades (pruebas de filosofía y sociales) y Lengua Extranjera (prueba de inglés).

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ARTÍCULO 5o. METODOLOGÍA. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> La calificación de las pruebas de validación se hará usando las mismas herramientas que para la calificación del examen de Estado para ingreso a la educación superior, si bien los resultados por prueba se reportarán en una escala distinta, entre 0 y 50. Para la calificación de cada prueba se fijarán los parámetros de dificultad de las preguntas, de tal forma que el promedio de los puntajes de los evaluados inscritos al examen de Estado para ingreso a la educación superior por instituciones de educación media sea 30. Los puntajes obtenidos de esta manera inferiores a 0 o superiores a 50 se ajustarán a los límites.

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ARTÍCULO 6o. CALCULO DEL PUNTAJE TOTAL Y CRITERIO DE APROBACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> Para obtener un Puntaje Total en el examen, con base en el cual definir si ha sido aprobado, se realizará un promedio ponderado de los puntajes por prueba usando las siguientes ponderaciones: matemáticas 3, lenguaje 3, sociales 2, filosofía, biología, física, química e inglés 1. Para aprobar el examen, el Puntaje Total deberá ser superior a 30 puntos.

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ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> Las personas que aprueben el examen de validación recibirán adicionalmente los resultados del examen de Estado de ingreso a la educación superior.

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ARTÍCULO 8o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 540 de 2014> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y complementa en lo pertinente la Resolución 092 de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2009.

La Directora General,

MARGARITA PEÑA BORRERO.

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