Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 425 DE 2020

(septiembre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 340 de 2024>

Por la cual se reemplazan los Anexos 01, 02 y 03 de la Resolución 326 de 2018, los cuales contienen el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor Interno del Icfes

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – Icfes

En ejercicio de las funciones conferidas por los numerales 10 y 13 del artículo 9 del Decreto 5014 de 2009 y por lo dispuesto en la Ley 1324 de 2009, la Ley 87 de 1993, el Decreto 1826 de 1994, el Decreto 1083 de 2015 y el Decreto 648 de 2017, y

CONSIDERANDO

Que en desarrollo del artículo 209 de la Constitución Política, el Congreso de la República promulgó la Ley 87 de 1993 en la que se ordena que es obligación de las entidades públicas adoptar los mecanismos necesarios para el Control Interno.

Que el artículo 6o de la Ley 87 de 1993 dispone que es deber del representante legal o máximo directivo de la entidad establecer y desarrollar el Control Interno, no obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos, al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del mismo también es responsabilidad de los jefes de cada una de las dependencias de la entidad.

Que el Icfes, mediante Resolución 356 de 2017, constituyó y reguló el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Icfes, estableciendo en el artículo 6, entre otras, la siguiente función de dicho comité: “c. Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, así como como verificar su cumplimiento”

Que el Artículo 2.2.21.4.8. del Decreto 1083 de 2015 señala que las entidades públicas deben adoptar, como mínimo, los siguientes instrumentos: 1) Código de Ética del Auditor Interno; 2) Carta de representación en la que se establece la veracidad, calidad y oportunidad de la entrega de la información presentada a las oficinas de Control Interno; 3) Estatuto de auditoría Interna, en el cual se establecen y comunican las directrices fundamentales que definen el marco dentro del cual se desarrollan las actividades de la Oficina de Control Interno; y 4) Plan Anual de Auditoría.

Que en cumplimiento de esa norma, el Icfes expidió la Resolución 326 de 2018, la cual contiene 3 anexos, a saber: (1) el Estatuto de auditoría interna del Icfes, (2) el Código de Ética del Auditor Interno del Icfes; y, (3) la Carta de representación para la actividad de auditoría interna del Icfes.

Que los mencionados instrumentos se deben revisar y actualizar periódicamente, de conformidad con las buenas prácticas de auditoría de aceptación general y atendiendo las recomendaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública. En ese sentido, la Oficina de Control Interno del Icfes revisó los instrumentos de control interno vigentes en la entidad y encontró la necesidad de realizar precisiones y ajustes en el Estatuto de Auditoria Interna y Código de Ética del Auditor Interno, es decir los anexos 01 y 02 de la Resolución 326 de 2018.

Que la Oficina de Control Interno presentó los mencionados ajustes ante el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Icfes para su análisis y consideración, los cuales fueron aprobados en sesión del 11 de septiembre de 2020.

Que, de conformidad con las consideraciones expuestas, es pertinente y necesario ajustar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor, como instrumentos para la actividad de la Auditoría Interna en el Icfes, en los que se establecen las directrices fundamentales que definirán el marco para el desarrollo de las actividades, el propósito, la autoridad y la responsabilidad de la actividad de Auditoría Interna en el Instituto.

Que, por lo anterior, se procederá a remplazar específicamente los anexos 01 y 02 de la Resolución 326 de 2018.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 340 de 2024> Reemplazar los Anexos 01, 02 y 03 de la Resolución 326 de 2018, con los anexos 01, 02 y 03 de la presente Resolución, los cuales hacen parte integral de la misma, y que contienen las versiones actualizadas del Estatuto de Auditoría Interna y del Código de Ética del Auditor del Icfes, respectivamente.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 340 de 2024> Publicar en la página web del Instituto la presente Resolución a fin de garantizar el conocimiento por parte de todos los servidores públicos.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 340 de 2024> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga cualquier acto administrativo que le sea contrario.

Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de septiembre de 2020.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MÓNICA OSPINA LONDOÑO

Directora General

<Para consultar el anexo ESTATUTO DE AUDITORIA INTERNA de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/R_ICFES_0425_2020_ANEXO_1.pdf>

<Para consultar el anexo CÓDIGO DE ÉTICA DEL AUDITOR INTERNO de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf//R_ICFES_0425_2020_ANEXO_2.pdf>

<Para consultar el anexo CARTA DE PRESENTACIÓN de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf//R_ICFES_0425_2020_ANEXO_3.pdf>

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.