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RESOLUCIÓN 126 DE 2019

(febrero 13)

Diario Oficial No. 50.867 de 14 de febrero 2019

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se adopta el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos (SGGD) del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) y se deroga la Resolución número 834 de 2017.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),

en uso de sus atribuciones legales conferidas mediante la Ley 1324 de 2009 y en especial las otorgadas por el Decreto número 1078 de 2015, Decreto número 1499 de 2017 y el Decreto número 1008 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1o del Decreto número 1499 de 2017(1) sustituyó el Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, actualizando el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y definiéndolo como un marco de referencia que deben implementar las entidades y organismos públicos para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar su gestión, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio;

Que el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto número 1083 de 2015 sustituido por el artículo 1o del Decreto número 1499 de 2017, dispuso que al interior de las entidades se deberá integrar un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal;

Que mediante Resolución número 126 de 2018, el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) actualizó su Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y transformó el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo a Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el cual es encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG);

Que mediante el Decreto número 1008 de 2018(2), el cual subrogó el Capítulo 1 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1078 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, se definieron los lineamientos que permitieron la evolución de la “Estrategia de Gobierno en Línea” a la “Política de Gobierno Digital”;

Que el objeto de evolución de la Política de Gobierno Digital está dirigido hacia el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones para consolidar un Estado y ciudadanos competitivos, proactivos, e innovadores, que generen valor público en un entorno de confianza digital;

Que el artículo 2.2.9.1.2.1 del Decreto número 1078 de 2015 subrogado por el artículo 1o del Decreto número 1008 de 2018, señala que la estructura de la Política de Gobierno Digital se desarrolla a través de (i) componentes, (ii) habilitadores transversales y (iii) lineamientos y estándares, los cuales permiten un logro que generará valor público en un entorno de confianza digital, a partir del aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC);

Que con el objeto de apoyar la implementación de la Política de Gobierno Digital, el Icfes deberá a partir del desarrollo de los componentes y habilitadores transversales, dar cumplimiento a los fines señalados en dicha Política, específicamente los establecidos en los puntos 4.2 y 4.3 del numeral 4 del artículo 2.2.9.1.2.1 del Decreto número 1078 de 2015 subrogado por el artículo 1o del Decreto 1008 de 2018, los cuales se refieren a (i) lograr procesos internos, seguros y eficientes a través del fortalecimiento de las capacidades de gestión de tecnologías de información y, (ii) tomar decisiones basadas en datos a partir del aumento, el uso y aprovechamiento de la información;

Que con el fin de implementar y mantener un sistema de gestión y gobierno de datos que permita la adecuada conceptualización, modelado, administración, uso y disposición de los datos relevantes de los procesos misionales y de apoyo del Icfes, encaminados a proveer información confiable y de calidad, el Instituto desarrolló el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos (SGGD) alineado a la Política de Gobierno Digital y el Modelo Integrado de Gestión y Planeación (MIPG), a través del “Manual del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos” de la Dirección de Tecnología e Información del Icfes;

Que el “Manual del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos” se aprobó por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Icfes el día 10 de diciembre de 2018, y se publicó en el Sistema Integrado de Gestión Organizacional – Daruma con código de procedimiento GTI-MN003, el 11 de diciembre de 2018;

Que por las razones expuestas, se hace conveniente y oportuno adoptar el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos (SGGD) aprobado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Icfes, el cual se ejecutará conforme a las funciones y responsabilidades establecidas en el “Manual del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos” y por lo tanto, se hace necesario derogar la Resolución número 834 de 2017(3) del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), mediante la cual se adoptó el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos (SGGD), del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), bajo los lineamientos, estándares y acciones definidos por el Modelo Integrado de Gestión y Planeación (MIPG) y la Política de Gobierno Digital, contenido en el anexo “Manual del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos”, que hace parte integral de esta resolución.

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ARTÍCULO 2o. Ejecutar las funciones y responsabilidades relacionadas con el Gobierno de Datos del Instituto, de conformidad a lo establecido en el “Manual del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos” anexo a esta Resolución.

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ARTÍCULO 3o. Publicar en el sitio web del Icfes y en el Diario Oficial la presente resolución.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución número 0834 del 15 de diciembre de 2017.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 13 de febrero de 2019.

La Directora General,

María Figueroa Cahnspeyer

NOTAS AL FINAL:

1. “Por medio del cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”.

2. “Por el cual se establecen los lineamientos generales de la Política de Gobierno Digital y se subroga el Capítulo 1 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”.

3. “Por la cual se adopta el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes)”.

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"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
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