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JURISPRUDENCIA : SALARIO : REAJUSTE : TUTELA
Corte Constitucional, S. T- 279 de 2010 - ¿La entidad accionada vulneró los derechos fundamentales a la igualdad y a la movilidad salarial de los accionantes que pertenecen al sindicato de esa entidad denominado U.S.O., por la negativa a efectuar en los años 2003 a 2006 el respectivo aumento salarial de acuerdo al IPC? Improcedente. En virtud del derecho a la movilidad salarial, no es admisible que el valor de los salarios se mantenga intacto mientras el precio de los bienes y servicios aumente por la depreciación de la moneda, pues ello supone que el Estado estaría aceptando que los empleadores se enriquezcan en perjuicio del derecho de los trabajadores a recibir una remuneración justa. Requisito de inmediatez
Corte Constitucional, S. T- 875 de 2009 - ¿La entidad accionada vulneró los derechos al mínimo vital, a la igualdad, a la negociación colectiva y a la asociación sindical del actor, quien es trabajador sindicalizado, al no reconocer y pagar unos incrementos salariales dejados de percibir por éste durante los últimos años, a pesar de que a otros trabajadores no sindicalizados si se les realizó dicho incremento? Concedida. Tribunal de arbitramento. Con el trato diferenciado a los trabajadores sindicalizados y a los no sindicalizados, al concederles mayores beneficios a estos últimos, lo que se hace es crear una desigualdad y a su vez crear un pacto colectivo aplicable a los no sindicalizados en detrimento de los sindicalizados y propiciando con ello, la deserción del sindicato
Corte Constitucional, S. T- 829 de 2009 - ¿ La entidad demandada vulneró los derechos fundamentales al trabajo, a la vida digna, a la igualdad, al mínimo vital y móvil, al de asociación sindical y al de negociación colectiva del actor, al no realizar el ajuste salarial de conformidad con el IPC, bajo el argumento de que dicha petición en la actualidad es objeto de un proceso de negociación colectiva pendiente de fallo por parte de un Tribunal de Arbitramento? Improcedente. Hecho superado por carencia actual de objeto. El arbitramento resulta efectivo solamente cuando se están resolviendo debates de índole económico que guarden relación con las condiciones laborales de los trabajadores, en los cuales se pretende mejorar su situación económica y social, como sería el caso de las peticiones tendientes a obtener el respectivo aumento salarial. En caso de que el centro del debate no sea de carácter económico sino que sea respecto a los derechos fundamentales de libertad de asociación, y el de negociación, el tribunal de arbitramento no resulta el mecanismo judicial idóneo para obtener la protección de estos derechos fundamentales
Corte Constitucional, S. T- 764 de 2008 - ¿Se vulneran los derechos de los actores, por no haberles pagado el incremento salarial ordenado por el gobierno nacional para los años 2005, 2006 y 2007? Negada. Naturaleza subsidiaria de la acción de tutela e improcedencia de la misma cuando existen otras vías judiciales.
Corte Constitucional, S. T- 607 de 2008 - ¿Resulta ilegítimo y en qué condiciones, que el empleador incremente de manera diversa los salarios de los empleados sindicalizados y no sindicalizados? Negada por improcedente. El principio de inmediatez como requisito de procedencia de la acción de tutela.
Corte Constitucional, S. T- 345 de 2007 - ¿Vulneró Comfama los derechos fundamentales de los actores sindicalizados, al negarse a hacer el incremento salarial correspondiente a los años 2005 y 2006, a los actores, de acuerdo al IPC, certificado por el DANE?. ¿Puede la entidad abstenerse de efectuar los incrementos salariales hasta tanto se efectúe la nueva negociación colectiva? Laudo arbitral vigente solo dispone incrementos para años 2003 y 2004. Reglas jurisprudenciales de los derechos de igualdad y asociación en los eventos en que el empleador establece beneficios diferenciados entre los trabajadores sindicalizados y los no sindicalizados, promoviendo la deserción sindical. Movilidad del salario. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 20 de 2007 - ¿Existe discriminación entre trabajadores sindicalizados y no sindicalizados respecto al incremento salarial correspondiente a los años 2005 y 2006? Poder adquisitivo del salario de conformidad con el IPC certificado por el DANE. Remuneración mínima vital y móvil. Derecho a la igualdad y a la asociación sindical. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 12 de 2007 - ¿Vulneró la Caja de Compensación demandada los derechos fundamentales al trabajo, a la movilidad salarial, a la igualdad y la libertad de asociación, como consecuencia de su negativa en el sentido de incrementar los salarios de los trabajadores sindicalizados durante los años 2005 y 2006, cuando sí aumentó elde los trabajadores no sindicalizados? Derecho a la Movilidad del Salario. La movilidad del salario no es predicable exclusivamente del salario mínimo, sino que cobija a toda clase de remuneración; se justifica dentro de una economía inflacionaria, para evitar que los trabajadores sufran una pérdida progresiva del poder adquisitivo de la moneda y consecuentemente una disminución real de sus ingresos. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 275 de 2004 - Proceso laboral. Reajuste salarial. Improcedencia de la tutela para subsanar inactividad procesal en el ejercicio del derecho de defensa -reiteración de jurisprudencia

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

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