Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

ACUERDO 3 DE 2010

(enero 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

Por el cual se delegan unas funciones en el Director General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES.

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – ICFES

En ejercicio de las facultades que le confieren los Decreto 4857 de 2009, 5014 de 2009, Ley 489 de 1998 y Acuerdo 009A de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, el ICFES, se transforma en una Empresa estatal de carácter social del sector Educación Nacional, entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Ley, el gobierno nacional expidió los Decreto 5014, 5015 y 5016 del 28 de diciembre de 2009, por los cuales se modifica la estructura, se establece la estructura, la nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos y se aprueba la modificación de la planta del ICFES, respectivamente del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES.

Que de conformidad con los artículos 6o del Decreto 5014 de 2009 y 2o del 4857 de 2009, corresponde a la Junta Directiva de la Empresa, expedir el manual de funciones y contratación, fijar las tarifas de los exámenes de Estado y los demás servicios que deba prestar la empresa, facultad que con arreglo a los artículos 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, se pueden delegar.

Que de acuerdo con el artículo 3o del Decreto 4857 de 2009, el actual Consejo Directivo del ICFES continuará en ejercicio de las funciones hasta tanto se posesionen los miembros de la Junta Directiva.

Que de conformidad con el numeral 13 del Acuerdo 009A de 2004, mediante el cual se adoptan los Estatutos Internos del ICFES, se podrán delegar en el Director General de la Empresa, algunas funciones que le son propias al Consejo Directivo.

El Consejo Directivo considera conveniente delegar las funciones mencionadas en los considerando precedentes para facilitar la operación efectiva de las actividades de la Empresa.

Que por lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en el Director General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES, las siguientes funciones:

1. Expedir el Manual de Funciones.

2. Expedir el Manual de Contratación.

3. Fijar las tarifas para la vigencia 2010 de los Exámenes de Estado y los demás servicios prestados por el ICFES, teniendo en cuenta lo previsto en el parágrafo del artículo 4o de la Ley 635 de 2000.

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación por parte del Consejo Directivo.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

NOHEMY ARIAS OTERO

Presidente

GENISBERTO LOPEZ CONDE

Secretario

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.