Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 10355 DE 2011

(noviembre 18)

Diario Oficial No. 48.263 de 24 de noviembre de 2011

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por medio de la cual se crea el premio a los estudiantes que obtuvieron el mayor puntaje en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro en las pruebas de competencias genéricas y en las pruebas de competencias específicas.

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 30 de 1992, el Decreto 5012 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1324 de 2009 fijó parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, y mediante el Decreto 3963 de 2009, el Gobierno Nacional reglamentó los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro, de los estudiantes de los programas académicos de pregrado.

Que la información que se obtiene mediante los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro es una de las fuentes para la construcción de indicadores de evaluación de la calidad de los programas e instituciones de educación superior y del servicio público educativo que soporten la cualificación de los procesos institucionales, la formulación de políticas y el proceso de toma de decisiones en todos los órdenes y componentes del sistema educativo.

Que la información que se obtiene mediante los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro también permite comprobar el grado de desarrollo de las competencias de los estudiantes próximos a culminar los programas que ofrecen las instituciones de educación superior de tal manera que sirva como insumo para el mejoramiento continuo del sector.

Que el Ministerio de Educación Nacional, a través de su política de calidad, considera importante reconocer a aquellos estudiantes que obtengan el mayor puntaje en las pruebas Saber Pro, en competencias genéricas y en competencias específicas, como incentivo a su adecuado desempeño.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Créase el premio a los estudiantes que obtengan el mayor puntaje en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro, en competencias genéricas y en competencias específicas, los cuales serán reportados por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación Superior - ICFES, institución que aplica dichas pruebas.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Dispóngase la entrega del premio a los estudiantes que obtuvieron el mayor puntaje en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior - Saber Pro, en competencias genéricas y en competencias específicas, por parte del Ministro de Educación Nacional o su delegado en acto público.

ARTÍCULO 3o. DISTINCIÓN. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 12325 de 2019. El nuevo texto es el siguiente:> Otórguese un diploma y una medalla como reconocimiento a la excelencia a los estudiantes que hayan obtenido el mayor puntaje en los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior, Saber Pro en competencias genéricas y en competencias específicas.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 8723 de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 18 de noviembre de 2011.

La Ministra de Educación Nacional,

MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 20 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.939 de 13 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.