Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 829 DE 2010

(septiembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

Por la cual se ajustan, actualizan y adoptan las Tablas de Retención Documental en algunas dependencias del ICFES.

LA SECRETARIA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION – ICFES

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución No. 00497 del 14 de mayo de 2010 se actualizó la conformación y funcionamiento del Comité de Archivo del ICFES.

Que de acuerdo con las funciones asignadas al mencionado comité por la resolución citada, a este le corresponden: "Estudiar, aprobar y actualizar las tablas de retención y valoración documental y cuadros de clasificación realizando estudios selectivos de valor de los documentos y su selección"

Que en cumplimiento de la mencionada función, en sesión del Comité de Archivo del ICFES, Ilevada a cabo el 18 de agosto de 2010 fueron acogidas las propuestas presentadas por el Director de Producción y Operaciones, y como consta en el respectivo acta, se aprueba la respectiva actualización a las tablas de retención documental de la Subdirección de Aplicación de Instrumentos (antes Grupo de operaciones para concordancia con la Resolución 0696 de 30 de diciembre de 2009), en la variable de tiempos de retención en el archivo de gestión y archivo central de los siguientes tipos documentales: hojas de respuestas y listados de firmas de asistencia, de la subserie Instrumentos de Aplicación y Lectura de pruebas.

Que los ajustes en los tiempos de retención a los tipos documentales obedecen a la funcionalidad de estos como evidencia de consulta ante las eventuales reclamaciones que se presenten en la aplicaciones de pruebas, parametrizadas estas en el articulo décimocuarto: "reclamaciones" de la Resolución 092 del 22 de febrero de 2008.

Que en merito de lo expuesto,

RESUELVE.

ARTÍCULO PRIMERO. Ajustar y actualizar las tablas de retención documental adoptadas mediante la Resolución 0696 de 30 de diciembre de 2009 de la Subdirección de Aplicación de Instrumentos (antes Grupo de Operaciones)

ARTICULO SEGUNDO. Adoptar y aplicar de las tablas de Retención Documental ajustadas y actualizadas, las cuales se insertan a continuación:

ENTIDAD PRODUCTORA:ICFES
DEPENDENCIA:DIRECCION DE PRODUCCION Y OPERACIONES
OFICINA PRODUCTORA:SUBDIRECCION DE APLICACIÓN DE INSTRUMENTOS
SUBSERIE DOCUMENTALInstrumentos de aplicación y lectura de pruebas. Hojas de respuesta
TIPOS DOCUMENTAL DE LA SUBSERIE:Hojas de respuesta
SUBSERIE DOCUMENTALInstrumentos de aplicación y lectura de pruebas.
Listados de asistencia.
TIPOS DOCUMENTAL DE LASUBSERIE:Listados de asistencia.
TIEMPO DE RETENCION EN ARCHIVO PARA ESTOS TIPOS DOCUMENTALES DE LAS SUBSERIES:En el archivo de gestión las hojas de respuestas son de 90 días a partir de la publicación de los respectivos resultados.

Los listados de firmas de asistencia a pruebas tienen un tiempo de retención de 15 días en el archivo de gestión y de un año en el archivo central.
DISPOSICION FINAL:Cumplida la retención, la información física será eliminada y la información de las hojas de respuesta quedara registrada en medio magnético.

ARTÍCULO TERCERO. Proveer lo necesario para la correcta difusión y aplicación de las Tablas de Retención Documenta.

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de su publicación, y deja sin efecto la Resolución 0696 del 30 de diciembre de 2009.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C.,

GIOCONDA PIÑA ELLES

Secretaria General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 29 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.943 - 17 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.