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RESOLUCIÓN 564 DE 2024

(noviembre 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 52.948 de 22 de noviembre de 2024

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

Por la cual se fijan las tarifas de los exámenes que aplica el ICFES
para la vigencia 2025.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la Ley 1324 de 2009[1],el numeral 9 del artículo 9 del Decreto 5014 de 2009[2],y

CONSIDERANDO

Que, el artículo 1 de la Ley 635 de 2000[3],autoriza al Icfes, “para definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados por él” y en el literal a) del artículo 2 de esa misma disposición, señala que el Icfes podrá cobrar por la “realización de los exámenes” a su cargo, así como por “el procesamiento y la producción de los resultados, expedición de diplomas, certificados y duplicados de resultados”.

Que, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, al Icfes, entre otras funciones, le corresponde desarrollar la fundamentación teórica, el diseño, la elaboración y la aplicación de los instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de conformidad con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional. Esa misma disposición también preceptúa que el Instituto establecerá las tarifas necesarias para que las evaluaciones encomendadas cubran de forma completa los costos y gastos que ocasionen, “según principios de contabilidad generalmente aceptados”.

Que, el artículo 7 de la Ley 1324 de 2009, modificado por el artículo 129 de la Ley 2294 de 2023[4] (PND 2022-2026), establece que, entre otros exámenes de Estado a cargo del Icfes, se encuentran los que evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media (Saber 11) o a quienes deseen acreditar que han obtenido los conocimientos y competencias esperadas de aquellos que terminaron dicho nivel (Validación del Bachillerato); y los que evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan los programas de pregrado de las Instituciones de Educación Superior (Saber Pro y Saber TyT). Asimismo, el artículo 2.3.3.3.7.3. del Decreto número 1075 de 2015[5] faculta al Icfes para realizar un examen de ensayo del examen Saber 11 denominado Pre Saber.

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 6 del Decreto 5014 de 2009, la Junta Directiva del Icfes tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado de cada año.

Que, de otro lado, el modelo tarifario aplicado por el Icfes, sin modificaciones desde 2014, se estructuró en función del tiempo de inscripción (ordinario o extraordinario) y del tipo de población (graduados, sector público y sector privado), con tarifas diferenciales en el sector privado según la capacidad de pago de los estudiantes, medida por el valor de la pensión en Saber 11 y la matrícula en Saber Pro y Saber TyT.

Que, en virtud de lo anterior, el Icfes determinó la necesidad de actualizar el esquema tarifario mediante un enfoque diferencial y de focalización socioeconómica, promoviendo la equidad en las tarifas en cumplimiento de la Ley 1324 de 2009, que establece que [l]os costos [de los exámenes aplicados por el Icfes] se recuperarán con el cobro directo a los evaluados, según su capacidad de pago” y garantizando así tanto la cobertura total de los costos como la sostenibilidad financiera de la Entidad.

Que, en concordancia con lo expuesto y de conformidad con lo aprobado por la Junta Directiva en sesión ordinaria del 23 de octubre de 2024 y según consta en el Acta No. 173 de esa misma fecha, dicho órgano colegiado adoptó el nuevo esquema tarifario aplicable al examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11 y los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT, manteniendo las categorías de instituciones públicas y privadas e incorporando seis rangos para colegios privados e instituciones de educación superior, basados en el costo de pensión y matrícula, respectivamente, así:

Examen de Estado Saber 11Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT
Categoría/RangoValor PensiónCategoría/RangoValor Matrícula
Colegios PúblicosN/AInstitución de Educación Superior (IES) PúblicaN/A
Colegio Privado Rango IMenor o igual $ 98.000IES Privada Rango IMenor o igual
$2.730.000
Colegio Privado Rango IIEntre $98.001 y $176.000IES Privada Rango IIEntre $2.730.001 y
$3.610.000
Colegio Privado Rango IIIEntre $176.001 y $283.000IES Privada Rango IIIEntre $3.610.001 y
$4.824.000
Colegio Privado Rango IVEntre $283.001 y $505.000IES Privada Rango IVEntre $4.824.001 y
$7.432.000
Colegio Privado Rango VEntre $505.001 y $1.500.000IES Privada Rango VEntre $7.432.001 y $15.000.000
Colegio Privado Rango VIMayor a
$1.500.000
IES Privada Rango VIMayor a $15.000.000

Que, dicha decisión fue materializada mediante el Acuerdo No. 002 de 2024, [p]or el cual se adopta el nuevo esquema tarifario para el examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11 y los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT aplicados por el Icfes y se dictan otras disposiciones”.

Que, en atención a la decisión precitada y en cumplimiento del numeral 5 del artículo 6 del Decreto 5014 de 2009, la Junta Directiva del Icfes aprobó las tarifas para los exámenes que aplicará el Icfes para la vigencia 2025 conforme con las propuestas presentadas en el anteproyecto para dicha vigencia, cuya aprobación se realizó en la sesión extraordinaria llevada a cabo los días 28 y 29 de octubre de 2024, tal como consta en el extracto del Acta No. 174 expedida por la Secretaría de la Junta el 30 de octubre de 2024.

Que, para el cálculo de las tarifas mencionadas, el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) estableció | Unidad de Valor Básico (UVB), la cual se reajustará anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), conforme a la certificación del DANE, y será fijada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante resolución emitida antes del primero (1) de enero de cada año. Dicha unidad deberá emplearse, según el artículo citado, para el cálculo de “[t]odos los cobros, sanciones, multas, tarifas y requisitos financieros para la constitución, habilitación, operación o funcionamiento de empresas públicas y/o privadas entre otros.

Que, dado que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no ha emitido la resolución que fija el valor de la UVB para el año 2025 al momento de expedir la presente resolución, y siendo imprescindible para el Icfes establecer las tarifas de sus exámenes antes de finalizar el año, con el fin de ponerlas en conocimiento de la comunidad interesada y en estricto cumplimiento del principio de participación que le atañe a las actuaciones administrativas propias de la Entidad, se dispone que las tarifas de los exámenes para la vigencia 2025 se expresarán con el valor de la UVB correspondiente al año 2024, el cual fue fijado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la Resolución 3268 del 18 de diciembre de 2023[6],en diez mil novecientos cincuenta y un pesos ($10.951,00) M/CTE.

Que, con el objeto de materializar la decisión de la Junta Directiva del Icfes respecto a la fijación de las tarifas para los exámenes que aplicará el Icfes en el año 2025 y en cumplimiento del deber de informar a la comunidad educativa, se hace necesario expedir la presente resolución.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Fijar las tarifas del examen de Estado de la Educación Media Icfes Saber 11, de los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior Saber Pro y Saber TyT, del examen de Validación del Bachillerato y del examen Pre Saber para la vigencia 2025, por usuario, aprobadas por la Junta Directiva del Icfes, así:

1.1. Tarifas del examen de Estado de la educación media Icfes Saber 11-2025:

PoblaciónTarifa Ordinaria 2025Tarifa en UVB 2024Tarifa Extraordinaria 2025Tarifa en UVB 2024
Colegios públicos$ 68.0006,21$ 102.0009,31
Colegios privados Rango I: Valor de pensión menor o igual a $98.000$ 68.0006,21$ 102.0009,31
(Valor pensión por Rango II: Valor de pensión entre $98.001 hasta $176.000$ 89.0008,13$ 134.00012,24
estudiante)
Rango III: Valor de pensión entre $176.001 hasta $283.000$ 90.0008,22$ 135.00012,33

Rango IV: Valor de pensión entre $283.001 hasta $505.000$ 95.0008,68$ 143.00013,06

Rango V: Valor de pensión entre $505.001 hasta $1.500.000$ 114.00010,41$ 171.00015,62

Rango VI: Valor de pensión superior a $1.500.000$ 136.00012,42$ 204.00018,63
Bachilleres graduados (entre la primera y la cuarta inscripción)$ 136.00012,42$ 204.00018,63
Bachilleres graduados (a partir de la quinta (5a) inscripción)$ 408.00037,26$ 612.00055,89

1.2. Tarifas de los exámenes de Estado de calidad de la educación superior- Saber Pro y Saber TyT - 2025:

PoblaciónTarifa Ordinaria 2025Tarifa en UVB 2024Tarifa Extraordinaria 2025Tarifa en UVB 2024
Instituciones de Educación Superior Públicas$ 119.00010,87$ 179.00016,35
Instituciones de Educación Rango I: Valor de matrícula hasta $2.730.000$ 119.00010,87$ 179.00016,35
Superior PrivadasRango II: Valor de matrícula entre $2.730.001 a $3.610.000$ 155.00014,15$ 233.00021,28
Rango III: Valor de
matrícula entre $3.610.001 a 4.824.000
$ 158.00014,43$ 237.00021,64
Rango IV: Valor de matrícula entre $4.824.001 a $7.342.000$ 161.00014,70$ 242.00022,10
Rango V: Valor de matrícula entre $7.342.001 a 15.000.000$ 201.00018,35$ 302.00027,58
Rango VI: Valor de matrícula mayor a $15.000.000$ 212.00019,36$ 318.00029,04
Personas ya graduadas de un programa académico de pregrado$ 212.00019,36$ 318.00029,04
Saber Pro / Saber TyT Exterior$ 595.00054,33$ 893.00081,55

1.3. Tarifas del examen de Estado de Validación del bachillerato y del examen Pre Saber - 2025:

PoblaciónTarifa 2025Tarifa en UVB 2024Tarifa Extraordinaria 2025Tarifa en UVB 2024
Validación del Bachillerato$ 68.0006,21$ 102.0009,31
Pre Saber$ 68.0006,21$ 102.0009,31

ARTÍCULO 2o. Por razones del servicio y cuando la situación lo amerite, el Icfes podrá realizar exámenes extemporáneos, cuyas tarifas aprobadas por parte de la Junta Directiva del Instituto, son las siguientes:

Tarifas de exámenes extemporáneos - 2025:

ExamenTarifa extemporánea 2025Tarifa en UVB 2024
Saber 11$ 306.00027,94
Validación de bachillerato$ 297.00027,12
Saber Pro y TyT$ 535.00048,85
Saber Pro / Saber TyT Exterior$ 535.00048,85

ARTÍCULO 3o. Publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Icfes.

ARTÍCULO 4o. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de noviembre de 2024

ELIZABETH BLANDÓN BERMÚDEZ

Directora General Icfes

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1.Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES”.

2.Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación Icfes, y se dictan otras disposiciones”.

3. “Por la cual se fijan el sistema y métodos para que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, fije las tarifas por concepto de los servicios que presta y se dictan otras disposiciones.

4. “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”

5. “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”.

6. ”Por medio del cual se reajusta el valor de la Unidad de Valor Básico - UVB para la vigencia 2024”.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 12 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.950 - 24 de Noviembre de 2024)

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