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RESOLUCION 491 DE 2010

(mayo 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

Por la cual se crea el Grupo interno de Trabajo en la Oficina Asesora Jurídica, con carácter transitorio, para la atención de las acciones de tutela que se promuevan en contra del ICFES

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACIÓN - ICFES

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferídas por el artículo 9 numeral 10 del Decreto 5014 de 2009 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, el ICFES fue transformado en una Empresa estatal de carácter social del sector Educación Nacional, entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Ley, el gobierno nacional expidió los Decretos 5014, 5015 y 5016 del 28 de diciembre de 2009, por los cuales se modifica la estructura, se establece la estructura, la nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos y se aprueba la modificación de la planta del ICFES, respectivamente, del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES.

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, dispone que "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente Ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas. Con el fin de atender las necesidades del seryicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de organismo o entidad, su representante legal podrá crear organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento". (Negrilla fuera de texto)

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 9 del Decreto 5014 de 2009, es función de la Directora General del ICFES crear y organizar los grupos internos de trabajo que se considere necesarios para el optimo desarrollo de las funciones de la Empresa.

Que corresponde a la Oficina Asesora Jurídica representar judicial y extrajudicialmente al Instituto por intermedio de los abogados de planta o mediante abogados externos, en los casos en que determine el Director General.

Que a través de la mencionada función se asume por parte de la Oficina Jurídica la protección y defensa de los intereses institucionales, en los diferentes tipos de acciones judiciales que se promueven en contra de la entidad, siendo unas de ellas las demandas de tutela que eventualmente se instauran por parte de los usuarios de los diferentes servicios a cargo del Instituto, cuya frecuencia y volumen en condiciones normales no alcanzan a superar las 40 en promedio anual.

Que en el mes de abril 2010 se han promovido por parte de algunos de los participantes del Concurso Docente y Directivos Docentes - Convocatorias Nos. 056 A 122 de 2009, cerca de 2900 tutelas en contra del ICFES, cuya atención hace imperativo la creación de un grupo interno de trabajo en la Oficina Asesora Jurídica, para atender con la inmediatez que exigen los términos perentorios de esta clase de acciones constitucionales, la defensa de los intereses institucionales del ICFES.

Que la situación descrita permite inferir que se trata de actuaciones masivas que puede adquirir niveles desproporcionados, toda vez que a la fecha se están radicando en promedio un total de 200 a 250 tutelas diarias, que hace imperioso la adopción de medidas de contingencia que permitan la atención adecuada de estas demandas, así como la protección oportuna de los intereses Institucionales.

Que por los motivos enunciados se hace necesario conformar, con carácter transitorio, un grupo interno de trabajo en la Oficina Asesora Jurídica del ICFES, que asuma la representación judicial del Instituto en esta clase de acciones, con la inmediatez y exclusividad que las mismas exigen, cuya duración se extenderá hasta cuando cesen las condiciones de contingencia descritas en los considerandos anteriores.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. CREACIÓN. Crear con carácter transitorio, en la Oficina Asesora Jurídica, el Grupo interno de trabajo para la atención de las acciones de tutela que se promuevan en contra del ICFES, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

ARTICULO SEGUNDO. FUNCIONES DEL GRUPO DE ATENCION DE ACCIONES DE TUTELA. Son funciones del Grupo de trabajo creado en el artículo anterior, las siguientes:

  1. Ejercer la representación judicial del Instituto en las acciones de tutela que se promuevan en su contra.
  2. Responder dentro de los términos señalados, las demandas de tutela, instauradas en contra del I nstituto.
  3. Atender oportunamente las solicitudes formuladas por los despachos judiciales, relacionadas con las acciones de tutela instauradas en contra del Instituto.
  4. Presentar oportunamente, ante las autoridades judiciales respectivas los escritos de impugnación, incidentes y cualquier otro a que hubiere lugar, según el caso, en las diferentes etapas del proceso, en defensa de los intereses del Instituto.
  5. Proyectar los actos administrativos correspondientes para dar cumplimiento a los fallos o sentencias proferidos por los despachos judiciales, de conformidad con las disposiciones que regulan la materia.
  6. Proyectar, para la firma del Jefe de la Oficina Jurídica, las comunicaciones requeridas para el cumplimiento de los fallos de tutela, cuando a ello hubiere lugar.
  7. Informar permanentemente al Jefe de la Oficina Jurídica sobre el estado, evolución y avance de las acciones de tutela que cursan en contra del ICFES.
  8. Consolidar y actualizar permanentemente la información relacionada con las tutelas, proporcionando información confiable sobre la materia.
  9. Organizar y controlar la conformación de los archivos físicos relacionados con las actuaciones surtidas en desarrollo de las acciones de tutela, promovidas en contra del ICFES.
  10. Las demás que le sean asignadas por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del ICFES.

ARTICULO TERCERO. CONFORMACIÓN. El Grupo Interno de Trabajo para la atención de acciones de tutelas, estará conformado por cuatro (4) empleados de la planta del ICFES, distribuidos de la siguiente manera:

N.NIVELGRADOVINCULACIÓN
Dos (2)Profesional especializadoGrado 04Planta ICFES
Dos (2)Técnico administrativoGrado 02Planta ICFES

Lo anterior sin perjuicio de contar con personal externo para apoyar las funciones del grupo interno de trabajo.

ARTÍCULO CUARTO. DESIGNACIÓN. El Director General, mediante resolución designará a un servidor del nivel profesional enunciados en el artículo anterior de la presente resolución, para que ejerza la Coordinación del Grupo.,

ARTÍCULO QUINTO. FUNCIONES DEL COORDINADOR.

  1. Ejercer la coordinación y control sobre la atención de las acciones de tutela que se promuevan en contra del ICFES.
  2. Ejercer, conjuntamente con el Jefe de la Oficina Jurídica la representación judicial del ICFES en todas las actuaciones que deban surtirse con ocasión del trámite de las demandas de tutela tales como, impugnaciones, recursos, requerimientos.
  3. Firmar los documentos que se expidan en cumplimiento de las funciones asignadas.
  4. Las demás que le sean asignadas por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

ARTÍCULO SEXTO. DURACIÓN. El Grupo de Trabajo para la atención de tutelas tendrá una duración transitoria, mientras continúen promoviéndose acciones de tutela en contra del ICFES en forma masiva, cuya atención exija dedicación inmediata, exclusiva y prioritaria para la defensa de los intereses del Instituto.

ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente resolución rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los

MARGARITA PEÑA BORRERO

Directora General

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"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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