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RESOLUCIÓN 395 DE 2020

(agosto 20)

Diario Oficial No. 51.413 de 21 de agosto de 2020

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se modifica el numeral 4 del artículo 1o de la Resolución 888 de 2019 respecto del calendario de los exámenes de Estado Saber Pro y Saber TyT segundo semestre 2020 y se toman otras disposiciones.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los numerales 9 y 10 del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.5.3.4.1.3. del Decreto 1075 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”, señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación Superior será determinado por el Icfes.

Que, dando cumplimiento a lo anterior, el Icfes expidió la Resolución 888 del 18 de noviembre de 2019, “por la cual se establece el calendario 2020 de los exámenes que realiza el Icfes”.

Que como consecuencia de la propagación del virus COVID-19, el Gobierno nacional declaró la emergencia sanitaria y el estado de excepción, hechos que obligaron al Icfes a reprogramar o suspender algunos de los exámenes de Estado programados para el año 2020. En ese entendido, el examen de Estado Saber TyT - primer semestre 2020 debió ser reprogramado por las Resoluciones 210 de 2020, 233 de 2020, 258 de 2020 y 291 de 2020. De igual modo, los exámenes de Estado Saber Pro y Saber TyT - segundo semestre 2020 fueron suspendidos por la Resolución 276 de 2020, y posteriormente reprogramados por la Resolución 299 de 2020.

Que, en consideración a las dificultades presentadas por algunos estudiantes durante el proceso de inscripción en el periodo ordinario para las pruebas Saber Pro y Saber TyT segundo semestre, además de las circunstancias especiales que se atraviesan, se considera necesario ampliar dicha etapa para que los futuros examinandos no vean afectada la presentación de su examen, actividad que implica la modificación de las restantes etapas que de ella dependen. Por lo anterior, se modificará el numeral 4 del artículo 1o de la Resolución 888 de 2019, modificado por última vez por la Resolución 299 de 2020.

Que, de otro lado, la etapa Publicación de resultados institucionales de los exámenes Saber Pro y Saber TyT - segundo semestre, que se modificará en la presente Resolución, tendrá como fecha el 24 de abril de 2021. Para el examen Saber TyT - primer semestre 2020, que actualmente tiene como fecha el 27 de febrero de 2021 y, en la medida que los resultados institucionales deben ser publicados en la misma fecha, también deberá ser objeto de modificación la referida etapa, de tal forma que se fije para el día 24 de abril de 2021. Por lo anterior, se modificará la etapa específica contenida en el numeral 3 del artículo 1o de la Resolución 888 de 2019, modificada por última vez por la Resolución 291 de 2020.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN CALENDARIO PRUEBA SABER PRO Y SABER TYT SEGUNDO SEMESTRE 2020. Modifíquese el numeral 4 del artículo 1o de la Resolución 888 de 2019, modificado por la Resolución 299 de 2020, el cual quedará así:

“4. EXAMEN SABER PRO Y EXAMEN SABER TyT. SEGUNDO SEMESTRE DE 2020

Descripción de la etapa Fecha de Inicio Fecha Final
Preinscripción de programas por parte de las IES viernes, 17 de julio de 2020 miércoles, 5 de agosto de 2020
Preinscripción de estudiantes por parte de las IES viernes, 17 de julio de 2020 miércoles, 5 de agosto de 2020
Registro ordinario (incluye SENA) jueves, 6 de agosto de 2020 viernes, 4 de septiembre
Recaudo ordinario jueves, 6 de agosto de 2020 lunes 7 de septiembre de 2020
Registro extraordinario martes 8 de septiembre de 2020 lunes 14 de septiembre de 2020
Recaudo extraordinario martes 8 de septiembre de 2020 martes 15 de septiembre de 2020
Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otras jueves, 6 de agosto de 2020 martes 22 de septiembre de 2020
Solicitud de devolución de la diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía jueves, 6 de agosto de 2020 martes, 6 de octubre de 2020
Publicación de citaciones viernes, 23 de octubre de 2020 viernes, 23 de octubre de 2020
Verificación datos de citación, Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro. viernes, 23 de octubre de 2020 miércoles, 28 de octubre de 2020
Aplicación sábado, 14 de noviembre de 2020 domingo, 15 de noviembre de 2020
Publicación de certificados de presentación del examen miércoles, 18 de noviembre de 2020 viernes, 27 de noviembre de 2020
Solicitud abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuito domingo, 15 de noviembre de 2020 lunes, 7 de diciembre de 2020
Publicación de resultados individuales en página web lunes, 15 de marzo de 2021 lunes, 15 de marzo de 2021
Publicación de resultados institucionales Saber Pro y TyT sábado, 24 de abril de 2021 sábado, 24 de abril de 2021
Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive
Plazo para interponer reclamos contra resultados institucionales Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados institucionales inclusive
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ARTÍCULO 2o. MODIFICACIÓN DE LA PUBLICACIÓN DE RESULTADOS INSTITUCIONALES DE LA PRUEBA SABER TYT. Modifíquese la etapa “Publicación de resultados institucionales Saber TyT” contenida en el numeral 3 de la Resolución 888 de 2019, modificado por la Resolución 291 de 2020, la cual quedará así:

“(…)

Descripción de la etapa Fecha de Inicio Fecha Final
Publicación de resultados institucionales Saber TyT sábado, 24 de abril de 2021 sábado, 24 de abril de 2021

(…)”

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ARTÍCULO 3o. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución número 888 de 2019 y las demás que se hubieran emitido que no se modifican por el presente acto administrativo, continúan vigentes.

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ARTÍCULO 4o. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de agosto de 2020.

La Directora General,

Mónica Ospina Londoño

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 20 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.939 de 13 de Noviembre de 2024)

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