Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 233 DE 2020

(abril 15)

Diario Oficial No. 51.287 de 16 de abril de 2020

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se modifica el cronograma del examen de Estado Saber TyT Primer Semestre de 2020 contenido la Resolución No. 888 de 2019, modificada por la Resolución No. 210 de 2020

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITITO COLOMBIANO PARA LA
EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - Icfes

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los numerales 9o y 10o del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 2.5.3.4.1.3. del Decreto 1075 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación'', señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación Superior será determinado por el Icfes.

Que, dando cumplimiento a lo anterior, el Icfes expidió la Resolución No. 888 del 18 de noviembre de 2019, “Por la cual se establece el calendario 2020 de los exámenes que realiza el Icfes'', cuyo artículo 1o numeral 3o fijó el cronograma del examen de Estado Icfes Saber TyT del primer semestre de 2020.

Que con ocasión de la propagación del virus Covid-19, el Gobierno nacional expidió varias normas dirigidas a afrontar[1] la crisis sanitaria, entre las que destaca el Decreto 417 de 2020 por medio del cual declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en el territorio nacional, por el término de 30 días calendario a partir de la fecha de vigencia del decreto, con el fin de tener herramientas jurídicas para conjurar la crisis sanitaria derivada de la pandemia.

Que, como consecuencia de lo anterior, el Presidente de la República dictó el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 mediante el cual impartió instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por el virus y, en su artículo 1o, ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes de la República de Colombia desde el 25 de marzo hasta las 11:59 pm del 12 de abril del 2020.

Que tanto la crisis sanitaria como el aislamiento ordenado pudieron influir en la cantidad inusualmente baja de inscritos al examen Saber TyT del primer semestre de 2020. Por ello, el Icfes modificó el calendario del examen ampliando las etapas de registro y recaudo, tanto ordinario como extraordinario y, expidió la Resolución No. 210 del 26 de marzo de 2020, en donde se establecieron nuevas fechas que, en su momento, se consideraban prudentes para permitir a los estudiantes inscribirse al examen.

Que, no obstante, la medida de aislamiento ordenada por el Decreto 457 de 2020 fue ampliada por el Decreto 531 del 08 de abril de 2020, desde las 00:00 horas del 13 de abril hasta las 00:00 horas del día 27 de abril de 2020; por lo anterior, se puede afirmar que aún subsisten las dificultades para que los estudiantes completen su proceso de registro y recaudo a la Prueba Saber TyT, adicional al propósito del examen de Estado que es evaluar la calidad de la educación, por lo que es conveniente y necesario modificar de nuevo el cronograma del Examen Saber TyT primer semestre 2020 y otras actividades correlativas que faciliten a las personas culminar estas etapas dentro de plazos razonables con la emergencia sanitaria

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el numeral 3o del artículo 1o de la Resolución Icfes No. 888 de 2019, modificado por la Resolución 210 del 26 de marzo de 2020, el cual quedará así:

3. EXAMEN SABER TyT PRIMER SEMESTRE DE 2020

Descripción de la etapaFecha de InicioFecha Final
Pre inscripción de programas por parte de las IESlunes 3 de febrero de 2020viernes 28 de febrero de 2020
Pre inscripción de estudiantes por parte de las IESlunes 3 de febrero de 2020viernes 28 de febrero de 2020
Registro ordinariolunes 2 de marzo de 2020Miércoles 6 de mayo de 2020
Recaudo ordinariolunes 2 de marzo de 2020Miércoles 6 de mayo de 2020
Registro extraordinarioJueves 7 de mayo de 2020viernes 8 de mayo de 2020
Recaudo extraordinarioJueves 7 de mayo de 2020viernes 8 de mayo de 2020
Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otraslunes 11 de mayo de 2020viernes 15 de mayo de 2020
Solicitud de devolución de la diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondíalunes 2 de marzo de 2020lunes 11 de mayo de 2020
Publicación de citacionesviernes 22 de mayo de 2020viernes 29 de mayo de 2020
Descripción de la etapaFecha de InicioFecha Final
Verificación datos de citación, solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registroviernes 22 de mayo de 2020viernes 29 de mayo de 2020
Aplicación del examendomingo 7 de junio de 2020domingo 7 de junio de 2020
Publicación de certificados de presentación del examenmartes 23 de junio de 2020martes 23 de junio de 2020
Solicitud abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuitodomingo 7 de junio de 2020miércoles 1 de julio de 2020
Publicación de resultados individuales en página websábado 15 de agosto de 2020sábado 15 de agosto de 2020
Publicación de resultados institucionales SaberTyTsábado 27 de febrero de 2021sábado 27 de febrero de 2021
Plazo para interponer reclamos contra resultados individualesDentro de los dos (02) m eses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive
Plazo para interponer reclamos contra resultados institucionalesDentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados institucionales, inclusive

(…)”

ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones es contenidas en la Resolución No. 888 de 2019 y las demás que se hubieran emitido que no se modifican por el presente acto administrativo, continúan vigentes.

ARTÍCULO 3o. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.

MÓNICA OSPINA LONDOÑO

Directora General

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.  

1. Entre dichas normas están las siguientes: Circular Conjunta No. 011 del 09 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y de la Protección Social, y el Ministerio de Educación Nacional: Recomendaciones para prevención, manejo y control de la infección respiratoria aguda por el nuevo control del Coronavirus (COVID-19) en el entorno educativo; Resolución No. 385 del 12 de marzo de 2020 del Ministerio de S alud y de la Protección Social, “Por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus”.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 20 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.939 de 13 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.