Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 276 DE 2015

(marzo 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

Por le cual se delega función de administrar la información del sistema "e-KOGUI" en el IGFES

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN- ICFES,

En ejercicio de sus atribuciones legales en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009 y el artículo 90 del Decreto 5014 de 2009 y,

CONSIDERANDO

Que el Decreto Ley 1795 de 2007 adoptó el Sistema Único de Información para la Gestión Jurídica del Estado — LITIGOB, estableciendo en el Representante Legal de cada una de las entidades y organismos Estatales la obligación de designar a la persona responsable de vigilar el registro oportuno de la información en el citado Sistema.

Que en cumplimiento a esta disposición, la Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES, por intermedio de la Resolución No. 542 de 23 de agosto de 2012 delegó la función de Administrar el sistema LITIGOB en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

Que posteriormente, el Decreto 2052 de 16 de Octubre 2014(1) en cumplimiento de lo señalado en el artículo 6o del Decreto Ley 4085 de 2011 integró el Sistema LITIGOB al Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado "e-KOGUI” y estableció las responsabilidades de los usuarios frente al Sistema, con el fin de garantizar el suministro, la centralización y unificación de la información sobre la actividad litigiosa del estado.

Que dentro de las responsabilidades señaladas en el artículo 6o(2) del citado Decreto, se establece la obligación del Representante Legal de cada una de las entidades de designar como Administrador del "Sistema e-KOGUI" a un servidor que acredite el titulo de abogado, quién será el encargado de asegurar el registro oportuno y la actualización permanente de la información en el Sistema.

Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario designar nuevamente al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica quien acredita la calidad de abogado; corno Administrador del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad litigiosa del Estado - e-kogui en el ICFES(3).

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del ICFES, la función de administrar la información la entidad en el Sistema Único de Gestión e Información de la actividad litigiosa del Estado, interna e internacional del Estado "e-KOGUI", de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de su publicación y remplaza la Resolución 000542 de 23 de agosto de 2012.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

En Bogotá, D.C., a los,

XIMENA DUEÑAS HERRERA

Directora General ICFES

NOTA FINAL

(1) "Por el cual se reglamenta la implementación del Sistema Único de Gestión e información de la Actividad litigiosa del Estado — e-iwgui"

(2) Articulo 8o. Designación del administrador de la información reportada en Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estada eKOGUI. Los representantes legales las entidades de que trata este decreto, deberán asegurar el registro oportuna y la actualización permanente de información en Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI, para lo cual, deberá designar como administrador del Sistema a un servidor que acredite titulo de abogado. nombre del sonador designado deberá ser informado a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado: dentro de los 30 días siguientes a la publicación del presente decreto. De no remitirse dicha información, se entenderá que la responsabilidad la administración del Sistema recae en representante legal de la entidad.

Asi mismo, cuando se presente cambio da administrador de! Sistema se deberá informar a la Agencia dentro de los 10 dias hábiles siguientes a su designación.

Ir al inicio

(3) Decreto 5014 de 2009, articulo 9. numeral 14. "Delegar las funciones que considere necesarias para la buena marcha de la Empresa conforme a la ley. y otorgar los poderes y mandatos necesarios para actuaciones judiciales y administrativas".

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.