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RESOLUCION 255 DE 2011
(junio 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 253 de 2020>
Por la cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA en el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION - ICFES
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el numeral 9 del Decreto 5014 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 10 del Decreto 456 de 2008, por el cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital - PGA, dispone que se deberán armonizar todos y cada uno de los instrumentos de planeación ambiental en la ciudad. Así mismo establece que los Planes Institucionales de Gestión Ambiental concretarán sus acciones ambientales externas e internas para prevenir daños al medio ambiente y contribuir a mitigarlos o compensarlos cuando éstos se hayan producido, o para hacer uso ecológico eficiente y sostenible de los recursos.
Que en el Artículo 11 del Decreto 456 de 2008, se establecen las entidades integrantes del Sistema Ambiental del Distrito Capital – SIAC como ejecutoras principales del Plan Ambiental del Distrito Capital – PGA, y las demás entidades como ejecutoras complementarias, conforme a sus atribuciones y funciones misionales.
Que es necesario desarrollar acciones dirigidas a fortalecer la gestión ambiental del ICFES y promover que todas las acciones de la entidad respondan a la normatividad ambiental vigente y a conductas ambientales responsables.
Que es necesario para el buen desarrollo de los Planes Institucionales de Gestión Ambiental – PIGA, establecer funciones y criterios de carácter administrativos esenciales para el logro de los objetivos y acciones que se propongan.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 253 de 2020> Crear y organizar el Comité del Plan Institucional de Gestión Ambiental para el ICFES, como instancia coordinadora de todas las acciones que se propongan dentro de los procesos de formulación, concertación, implementación, evaluación y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA.
ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 253 de 2020> Que para el caso del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES, las funciones y responsabilidades del Comité del Plan I nstitucional de Gestión Ambiental - PIGA, serán asumidas por el Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO.
ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 253 de 2020> Las funciones del Comité del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA serán:
ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 253 de 2020> La Secretaría Técnica del Comité del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA será ejercida por el representante designado al interior del mismo Comité.
ARTICULO QUINTO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 253 de 2020> Las funciones de la Secretaría Técnica serán las siguientes:
ARTICULO SEXTO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 253 de 2020> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE y CUMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a
MARGARITA PEÑA BORRERO
Directora General
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