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RESOLUCIÓN 242 DE 2023
(junio 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 52.421 de 9 de junio de 2023
INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
Por la cual se modifica la Resolución 778 de 30 de diciembre de 2022, a través de la que se estableció el calendario para los exámenes Icfes Saber Pro y Saber TyT del primer semestre del año 2023
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - Icfes
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009, por el numeral 9o del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y
CONSIDERANDO
Que el Estado en el ejercicio de su función de inspección y vigilancia de la educación tiene el deber de valerse de exámenes de Estado y otras pruebas externas, para medir el nivel de cumplimiento de sus objetivos y buscar el mejoramiento continuo de la educación (art. 1o, Ley 1324 de 2009).
Que los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior que aplica el Icfes, Saber Pro y Saber TyT, son un conjunto de instrumentos que el gobierno Nacional dispone para evaluar la calidad del servicio público educativo y ejercer su inspección y vigilancia (art. 2.5.3.4.1.1., Decreto 1075 de 2015).
Que el calendario de aplicación de los exámenes de Estado Saber Pro y Saber TyT es determinado por el Icfes (art. 2.5.3.4.1.3., Decreto 1075 de 2015).
Que mediante la Resolución 778 de 30 de diciembre de 2022, el Icfes estableció el calendario de los exámenes Saber Pro y Saber TyT (EN COLOMBIA O EN EL EXTRANJERO) del primer semestre del 2023.
Que por conducto de Resoluciones 55, 72, 82 y 137 de 10, 21 y 27 de febrero y 31 de marzo de 2023, en su orden, el Icfes modificó el calendario de los exámenes Saber Pro y Saber TyT (EN COLOMBIA O EN EL EXTRANJERO) programados para el primer semestre del presente año, en lo atañedero a las fechas establecidas para las etapas de pre-registro, registro y recaudo ordinario y extraordinario, reclamaciones y aplicación.
Que de acuerdo con la Resolución 137 de 2023 la aplicación de los exámenes Saber Pro y TyT del primer semestre (en Colombia y en el extranjero) se programó, para el periodo comprendido entre el sábado 27 de mayo y el domingo 25 de junio de 2023.
Que, según la comunicación 202330002540 del 2 de junio de 2023 de la Dirección de Tecnología e Información del Icfes, durante la primera jornada de aplicación de los exámenes Saber Pro y TyT, programados para el 27 de mayo de 2023, se presentaron fallas tecnológicas relacionadas con el funcionamiento de la plataforma tecnológica de pruebas (Plexi) y su base de datos. Esto implicó que de las 38.106 personas que presentaron su prueba únicamente 5.182 la culminaron de manera exitosa (incluyendo 4 personas privadas de la libertad que la desarrollaron el 29 siguiente).
Que conforme a la comunicación mencionada previamente la Dirección de Tecnología e Información del Icfes manifiesta que una vez analizados y validados los componentes tecnológicos como servidores, bases de datos y software de pruebas electrónicas de la plataforma Plexi, se pudo evidenciar que el incidente involucra dos componentes que son la base de datos y la aplicación de pruebas electrónicas, situación que motiva a desarrollar una serie de escenarios adicionales de pruebas no funcionales, complementado con los escenarios que se aplicaron en la etapa de preparación, en los que se simulen comportamientos adicionales a los ya evaluados y que permitan identificar y aislar el problema, lo que factiblemente implicará la realización de cambios en los dos componentes y la realización de nuevos ciclos de pruebas no funcionales con el fin de mitigar el riesgo de que se presenten de nuevo.
Que, de acuerdo con lo expuesto la Dirección de Tecnología e Información concluyó que no es factible realizar la aplicación de los exámenes Saber Pro y Saber TyT en la modalidad electrónica para el primer semestre de 2023 en la plataforma Plexi, toda vez que el tiempo requerido por el Instituto para solventar y mitigar la totalidad de los riesgos evidenciados en dicha plataforma y disponerla en condiciones adecuadas es incierto, puesto que depende de los diferentes comportamientos o situaciones anómalas que se adviertan en los distintos ciclos de pruebas no funcionales que se deben realizar.
Que, por lo anterior, el 2 de junio de 2023, el Comité Primario de la Dirección General del Icfes, de acuerdo con lo establecido en la respectiva acta, aprobó i) el cambio de fechas en las etapas de citación y aplicación de las pruebas Saber Pro y Saber TyT (En Colombia o en el extranjero), ii) la modificación de la modalidad de presentación (únicamente en Colombia), la cual pasará de electrónica en sitio designado por el Icfes a papel y lápiz en sitio designado por este Instituto y iii) que no es dable técnicamente aplicar pruebas específicas tal como se había ofertado inicialmente.
Que las dos primeras modificaciones que se van a realizar, esto es, el cambio de fechas para las etapas de citación y aplicación y de modalidad para la prueba Saber Pro y Saber TyT en el exterior garantiza el acceso a la prueba a los examinandos que requieren de su presentación y asegura que la puedan desarrollar en las condiciones de calidad, confiabilidad y rigurosidad que se previeron inicialmente. Asimismo, nos permite cumplir las fechas inicialmente establecidas en el cronograma para las etapas subsiguientes, esto es, publicación de certificados de asistencia y entrega de resultados a cada uno de los participantes, entre otras.
Que, el tercero de los cambios mencionados consistente en que no se aplicarán las pruebas específicas, es una determinación que encuentra su sustento legal en la causal establecida en el numeral 3 del artículo 3 de la Resolución 675 de 4 de septiembre de 2019 que prevé que «[…] cuando, por fuerza mayor o caso fortuito, no sea posible generar el cuadernillo de competencias específicas para una persona».
Que, la justificación técnica de la aludida determinación se contrae a que es necesario viabilizar la aplicación bajo la modalidad lápiz y papel, esto según evaluación realizada por la Dirección de Producción y Operaciones del Icfes, en la que se argumenta que la necesidad de puestos y sitios de aplicación se reduce, teniendo en cuenta que un 20% de la población programada para presentar los exámenes, 57 mil personas de las 247 mil inscritas presentaban las pruebas específicas. A partir de ello, se garantiza que la aplicación se pueda realizar en un solo día sin inconvenientes y con todas las garantías y rigurosidad con las que el Instituto realiza sus operaciones.
Que en cuanto a las 5.182 personas que culminaron satisfactoriamente los exámenes Saber Pro y Saber TyT, aplicados el 27 y 29 de mayo de 2023, a quienes la Subdirección de Estadísticas les efectuará el proceso de calificación y posteriormente, la Subdirección de Información publicará sus resultados, los cambios dispuestos en el presente acto administrativo no les aplican.
En mérito de la expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifíquense los artículos 1o, 2o y 3o de la Resolución 778 de 30 de diciembre de 2022, el primero a efectos de señalar las nuevas fechas en las cuales se adelantarán las etapas de publicación de citaciones y aplicación de los exámenes Saber Pro y Saber TyT (en Colombia o en el extranjero); el segundo, en lo relacionado con el cambio de modalidad de aplicación que únicamente incluye a las personas que los presenten al interior del país; y el tercero, en lo atañedero a la no aplicación de módulos específicos para el examen Saber Pro y Saber TyTdel primer semestre de 2023, los cuales quedarán así:
Artículo 1o. Establézcase el cronograma de los exámenes Icfes Saber Pro y Saber TyT del primer semestre del año 2023, para ser presentados en Colombia o en el Exterior:
1. EXAMEN SABER PRO Y SABER TyT - PRIMER SEMESTRE 2023 (EN COLOMBIA O EN EL EXTRANJERO)
Descripción de la etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final |
Pre registro de programas por parte de las IES | lunes, 23 de enero de 2023 | viernes, 10 de marzo de 2023 |
Pre registro de estudiantes por parte de las IES | lunes, 23 de enero de 2023 | viernes, 10 de marzo de 2023 |
Registro ordinario | lunes, 13 de febrero de 2023 | viernes, 10 de marzo de 2023 |
Recaudo ordinario | lunes, 13 de febrero de 2023 | viernes, 10 de marzo de 2023 |
Registro extraordinario | martes, 14 de marzo de 2023 | sábado, 18 de marzo de 2023 |
Recaudo extraordinario | martes, 14 de marzo de 2023 | sábado, 18 de marzo de 2023 |
Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otras | lunes, 23 de enero de 2023 | viernes, 24 de marzo de 2023 |
Solicitud de devolución de la diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía | martes, 21 de marzo de 2023 | Jueves, 20 de abril de 2023 |
Publicación de citaciones | sábado, 10 de junio de 2023 | sábado, 10 de junio de 2023 |
Verificación datos de citación, Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro. | martes, 13 de junio de 2023 | viernes, 16 de junio de 2023 |
Aplicación del examen nacional (modalidad lápiz y papel) | domingo, 25 de junio de 2023 | domingo, 25 de junio de 2023 |
Aplicación del examen exterior (modalidad electrónica) | domingo, 2 de julio de 2023 | domingo, 2 de julio de 2023 |
Publicación de certificados de presentación del examen | sábado, 8 de julio de 2023 | sábado, 8 de julio de 2023 |
Solicitud abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuito | La solicitud debe presentarse dentro de los quince (15) días siguientes al día en que la persona debía presentar el examen. | |
Publicación de resultados individuales en página web | sábado, 7 de octubre de 2023 | sábado, 7 de octubre de 2023 |
Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales. |
ARTÍCULO 2o. MODALIDADES DE PRESENTACIÓN DE LOS EXÁMENES SABER PRO Y SABER TYT. La modalidad de presentación de los exámenes de Estado de la Educación superior serán las siguientes:
1. Para los exámenes presentados en Colombia: En modalidad lápiz y papel, de forma presencial en un sitio designado por el Icfes.
2. Para los exámenes presentados en el exterior: En modalidad electrónica, en casa.
PARÁGRAFO: Las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo no incluyen a quienes presentaron los exámenes Saber Pro y Saber TyT de manera exitosa el 27 y 29 de mayo de 2023, para quienes aplicarán las fechas y condiciones establecidas en la Resolución 137 de 31 de marzo de 2023.
ARTÍCULO 3o. LIMITACIONES AL MÓDULO DE COMPETENCIAS ESPECÍFICAS. Los exámenes de Saber Pro y Saber TyT en el primer semestre no ofrecerá módulos específicos.
ARTÍCULO 2o. Las demás etapas y disposiciones contenidas en la Resolución 778 de 2022, que no se modifican expresamente por el presente acto administrativo continúan vigentes.
ARTÍCULO 3o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá D.C., a los
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANDRES MOLANO FLECHAS
Director General
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