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RESOLUCIÓN 95 DE 2020

(enero 30)

Diario Oficial No. 51.214 de 1 de febrero 2020

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se adopta el Plan Estratégico Institucional 2020-2023.

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),

en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en la Ley 1324 de 2009(1) y en especial las otorgadas por el Decreto número 5014 de 2009(2), y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 de la Ley 1324 de 2009 transformó al ICFES en una empresa estatal de carácter social del sector educación, como entidad pública descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que el artículo 29 de la Ley 152 de 1994(3) establece que todos los organismos de la administración pública nacional deben elaborar un plan indicativo cuatrienal, con planes de acción anuales bajo los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo (PND).

Que la Directiva Presidencial 09 de 2010(4) señaló que las entidades cabeza de sector y sus entidades adscritas y vinculadas debe estructurar el Plan Estratégico Sectorial y los Planes Estratégicos Institucionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 29 de la Ley 152 de 1994, señalando además las directrices a observar para tal efecto.

Que mediante el Decreto número 1499 de 2017(5) se actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), como el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades públicas.

Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se compone de siete (7) dimensiones en las que se fundan las prioridades estratégicas de la entidad y que se encuentran contenidas en el Manual Operativo de que trata el artículo 2.2.22.3.5 de Decreto número 1499 de 2017.

Que de conformidad con la dimensión de Direccionamiento Estratégico y Planeación del MIPG, se hace necesario que cada entidad defina el derrotero estratégico que guiará su gestión institucional, a fin de priorizar los recursos y el talento humano con miras al cumplimiento efectivo de su misionalidad.

Que mediante la Ley 1955 de 2019 se promulgó el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, cuyos objetivos estratégicos se encuentran en el documento denominado “Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022: “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, el cual hace parte integral de la Ley 1955 de 2019.

Que la Oficina Asesora de Planeación del ICFES, en cumplimiento de sus funciones señaladas en el artículo 10 del Decreto número 5014 de 2009, y teniendo en cuenta el artículo 29 de la Ley 152 de 1994 y la Directiva Presidencial 09 de 2010, lideró la estructuración del plan que responde a estas disposiciones y que para efectos de la presente resolución se denominará Plan Estratégico Institucional 2020-2023, integrando a todos los actores del Instituto en la construcción de la ruta que define la visión de la entidad para los próximos cuatro (4) años.

Que atendiendo lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto número 5014 de 2009, la Junta Directiva impartió lineamientos de cara a la formulación del Plan Estratégico del Instituto para el cuatrienio 2020-2023, mediante las sesiones del 11 de noviembre y 19 de diciembre de 2019, respectivamente, y solicitó a la Directora General expedir el acto administrativo para su adopción.

Que el Plan Estratégico Institucional 2020-2023 fue sometido a consideración del Comité Primario de la Dirección General como instancia estratégica de recomendación de la Dirección General conforme a lo establecido mediante la Resolución número 270 del 12 de abril de 2019(6), y aprobado por este cuerpo colegiado en la sesión del 24 de diciembre de 2019.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar el Plan Estratégico del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES) para el periodo 2020-2023, el cual forma parte integral de la presente resolución.

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ARTÍCULO 2o. <Artículo modificado por la Resolución 529 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:>  Responsables del cumplimiento del plan estratégico. Corresponde a los servidores del nivel directivo y asesor del ICFES velar por el cumplimiento de los objetivos e indicadores trazados en el Plan Estratégico Institucional 2020–2023 y los proyectos estratégicos que los operacionalizan, según su competencia, como se relaciona a continuación:

Tabla 1. Objetivos estratégicos

Objetivos estratégicos e indicadores del cuadro de mando integral

Perspectiva Objetivo estratégico Indicador Responsable(s) de la medición y reporte del indicador
Relación con Grupos Fortalecer el reconocimiento del  Satisfacción de Grupos de Interés priorizados Unidad de atención al ciudadano
de Interés Icfes ante los grupos de interés del sectorEfectividad de las comunicaciones de la entidad Oficina Asesora de Comunicaciones y mercadeo
Recursos financieros Aumentar los recursos de la entidad para Ingresos por nuevos productos o servicios -Subdirección Financiera y Contable -Oficina Asesora de Planeación
propiciar su sostenibilidad y optimizar los costos de operación Margen EBITDA Subdirección Financiera y Contable
Misional Impulsar la innovación y el uso de tecnologías para la evaluación e Incidencia de los encuentros nacionales en las diversas audiencias -Subdirección de Análisis y Divulgación -Oficina de Gestión de Proyectos de Investigación
investigación en la transformación de la calidad educativa, fortaleciendo la inclusión social Índice de innovación aplicada -Dirección de tecnología e Información -Dirección de Producción y Operaciones
Desarrollo organizacional Transformar organizacionalmente al ICFES para que responda a los requerimientos de los grupos de interés y los retos del entorno, apalancándose en sus cadenas de valor Avance en la transformación organizacional -Subdirección de Talento Humano -Oficina Asesora de Planeación

Tabla 2. Proyectos estratégicos 2020-2023

Perspectiva Proyecto estratégico Responsable(s)
Financiera Definición del sistema y método financiero de los servicios que presta el Icfes. Oficina Asesora de Planeación/ Subdirección Financiera y Contable
Misional Construcción de la agenda de nuevas mediciones (identificación, análisis y evaluación de la pertinencia de esta agenda). Dirección de Evaluación
Diseñar e implementar la cadena de valor de investigación. Oficina de Gestión de Proyectos de Investigación
Producción y aplicación de instrumentos de evaluación para inclusión. Subdirección de Producción de Instrumentos/ Subdirección de Aplicación de Instrumentos
Innovación tecnológica para producción y aplicación. Dirección de Tecnología e Información/ Dirección de Producción y Operaciones
Implementación de las acciones estratégicas del Plan Estratégico de Tecnologías de la Información (PETI). Dirección de Tecnología e Información
Desarrollo organizacional Reformulación de procesos con base en las cadenas de valor. Oficina Asesora de Planeación
Rediseño Institucional. Secretaría General

Tabla 3. Proyectos estratégicos 2021-2023

Perspectiva Proyecto estratégico Responsable(s)
Misional Sede Electrónica Única Dirección de Tecnología e Información
Fortalecimiento de la cadena de valor misional de Evaluación desde la óptica de la tecnología Dirección de Tecnología e Información
Laboratorio de evaluación Dirección de Evaluación
Estrategia Institucional de Mercadeo Oficina Asesora de Comunicaciones y Mercadeo
Información para la toma de decisiones Subdirección de Información/ Oficina Asesora de Planeación

PARÁGRAFO. La formulación e implementación de los proyectos derivados de la planeación estratégica estará a cargo de los servidores del nivel directivo y asesor del ICFES, para lo cual deberán observar los lineamientos metodológicos que para ese fin establezca el Instituto.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su fecha de publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de enero de 2020.

Publíquese y cúmplase.

La Directora General,

María Figueroa Cahnspeyer.

NOTAS AL FINAL:

1. “Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES”.

2. “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación ICFES, y se dictan otras disposiciones”.

3. Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.

4. Por medio de la cual se señalan directrices para la elaboración y articulación de los planes estratégicos sectoriales e institucionales e implementación del Sistema de Monitoreo de Gestión y Resultados.

5. Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015.

6. Por la cual se crean los Comités Primarios en el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES), se definen sus funciones y se establecen otras disposiciones.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 20 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.939 de 13 de Noviembre de 2024)

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