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DECRETO 1219 DE 1985

(abril 30)

Diario Oficial No. 36.977 del 17 de mayo de 1985

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por el cual se adopta una determinación sobre los Exámenes de Estado para el ingreso a la educación superior.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las atribuciones que le confieren los ordinales 3o. y 12 del artículo 120 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 2343 de 1980 se reglamentan los Exámenes de Estado como pruebas académicas de cobertura nacional, para el ingreso a la educación superior, y con un carácter oficial y obligatorio;

Que el artículo 6 de la precitada normal limitó la vigencia de los resultados de los Exámenes de Estado en cinco (5) años;

Que es política del Gobierno Nacional facilitar el ingreso a la educación superior al mayor número posible de aspirantes, por lo cual resulta inconveniente la limitación establecida en el artículo 6 del Decreto 2343 de 1980, sobre la vigencia de los Exámenes de Estado,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La vigencia de los resultados de los Exámenes de Estado reglamentados por el Decreto 2343 de 1980 será indefinida.

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ARTÍCULO 2o. Este Decreto deroga el artículo 6o del Decreto 2343 de 1980 y rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de abril de 1985.

BELISARIO BETANCUR

La Ministra de Educación Nacional,

DORIS EDER DE ZAMBRANO.

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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