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CIRCULAR 11 DE 2014

(diciembre 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

PARA:Directores, Subdirectores y Jefes De Oficina
DE:Directora General
ASUNTO:Tabla de Honorarios de Contratos de Prestación de Servicios Profesionalesy Apoyo a la Gestión — Vigencia 2015.

Para la estimación de los honorarios mensuales de las personas naturales contratadas para la prestación de servicios profesionales y personales de apoyo a la gestión por parte del ICFES durante la vigencia 2015, se tendrán en cuenta los valores y criterios señalados en la siguiente tabla, así:

CategoríaNivelHastaRequisitos
IV817.5 SMLMVTP + D + mínimo 48 ME o TP + M + mínimo 60 ME
IV716 SMLMVTP + D + mínimo 36 ME o TP + M + mínimo 48 ME
IV614.5 SMLMVTP + D + mínimo 24 ME o TP + M + mínimo 36 ME
IV513 SMLMVTP + D + mínimo 12 ME o TP + M + mínimo 24 ME
IV411.5 SMLMVTP + E + mínimo 37 ME
IV311 SMLMVTP + E + mínimo 25 ME
IV210.5 SMLMVTP + E + mínimo 13 ME
IV110 SMLMVTP + E + mínimo 6 ME
III79.4 SMLMVTP + mínimo 37 ME o TP + M
III68.8 SMLMVTP + mínimo 25 ME o TP + E
III58.5 SMLMVTP + minimol9 ME
III47.8 SMLMVTP + mínimo 13 ME
III37.3 SMLMVTP + mínimo 7 ME
III26.6 SMLMVTP + mínimo 3 ME
III16.2 SMLMVTP
II95.8 SMLMVTFT + mínimo 25 o TMP
II85.4 SMLMVTFT + mínimo 19 ME
II75.0 SMLMVTFT + mínimo 13 ME
II64.6 SMLMVTFT + mínimo 12 ME
II54.2 SMLMVTFT + mínimo 3 ME
II43.9 SMLMVTFTP + mínimo 19 ME
II33.6 SMLMVTFTP + mínimo 13 ME
II23.3 SMLMVTFTP + mínimo 7 ME
II13 SMLMVTFTP + mínimo 3 ME
I42.9 SMLMVTB + mínimo 19 ME
I32.6 SMLMVTB + mínimo 13 ME
I22.3 SMLMVTB + mínimo 7 ME
I12 SMLMVTB + mínimo 3 ME

SIGLAS

TBTítulo de Bachiller o Diploma de Bachiller.
TFTPTítulo de Formación Técnica Profesional.
TFTTítulo de Formación Tecnológica.
TPTítulo Profesional.
ETítulo de posgrado en la modalidad de Especialización.
MATítulo de Posgrado en la modalidad de Maestría.
MEMeses de Experiencia relacionada con el objeto del contrato
TMPTerminación de Materias — Profesional (Educación Superior)
DDoctorado

EQUIVALENCIAS

1. Titulo de Posgrado en la Modalidad de Doctorado por 4 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato.

2. Titulo de Posgrado en la Modalidad de Maestría por 3 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato o viceversa o por título de Posgrado en la modalidad de especialización y dos años de experiencia relacionada con el objeto del contrato

3. Título de Posgrado en la Modalidad de Especialización por 2 años de experiencia relacionada con el objeto del contrato o viceversa.

4. Título Profesional adicional al exigido como requisito, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las actividades del contrato, por dos años de experiencia.

5. Titulo de Formación Técnica Profesional por aprobación de 2 años en educación superior.

6. Título de Formación Tecnológica por aprobación de 3 años en educación superior.

7. Titulo de Formación Tecnológica o de Formación Técnica Profesional por 3 años de experiencia ó viceversa, o por título de Bachiller y dos años de experiencia.

Es responsabilidad de los jefes del área o dependencia para los que el contratista prestará sus servicios señalar las razones objetivas que justifican la estimación de los honorarios, con base en la necesidad de la entidad y en los criterios académicos y de experiencia señalados.

EXCLUSIONES. En íos siguientes eventos queda excluida la aplicación de la presente tabla de honorarios:

1. Por hora de dedicación de expertos.

2. Por actuación o representación judicial.

3. Honorarios profesionales para ingenieros de sistemas y profesionales en Ciencias Estadisticas, cuyas tareas estén relacionadas con las actividades misionales de la Dirección de Evaluación o la Dirección de Tecnologia del ICFES, cuyos lineamientos serán proveídos mediante la correspondiente circular.

4. En el evento que la contratación requerida exceda los topes señalados de cada categoría y/o nivel, en virtud de las obligaciones, alta especialidad, características y calidades específicas de idoneidad. experiencia y en general en atención a las calidades del contratista en relación con el objeto y las obligaciones del contrato. podrá celebrarse el correspondiente acuerdo de voluntades, siempre y cuando dicha situación se justifique en la requisición correspondiente y se de previa autorización del ordenador del gasto

Los criterios señalados en la presente Circular deben ser aplicados para todos los contratos de prestación de servicios profesionales y personales de apoyo a la gestión que celebre el ICFES con personas naturales durante la vigencia 2015.

XIMENA DUEÑAS HERRERA

Directora General ICFES

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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