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J : PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO : INDEBIDA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES
CE SIII E 32861 de 2007 - Existe indebida acumulación de pretensiones cuando los perjuicios causados a todos y cada uno de los demandantes se desarrollan de manera diferente, se trata de diferentes bienes, diferentes pretensiones, de diferentes objetos que no están en relación de dependencia y tienen diferentes causas (daños en bienes, abandono de bienes o desplazamientos, explotación de fincas o negocios, etc.). Acción de reparación directa - Rechazo de la demanda. Proceso contencioso administrativo - Indebida acumulación de pretensiones. Desplazamiento forzado
CE SIV E 15819 de 2007 - ¿No basta la simple relación entre dos procesos, sino la incidencia definitiva y directa que la decisión que se tome en uno tenga sobre la que se adopte en otro, de tal manera "que sea condicionante total o parcialmente del sentido del fallo que deba proferirse"? ¿El acto general no puede demandarse en acción de nulidad y restablecimiento del derecho junto con el particular; ello, porque se presenta una indebida acumulación de pretensiones? Proceso contencioso administrativo - Suspensión. Indebida acumulación de pretensiones. Prejudicialidad. Acto administrativo general - Impugnación. Acto administrativo particular - Impugnación. Contrato de seguro de depósito - Prima adicional

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.922 - 27 de Octubre de 2024)

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