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JURISPRUDENCIA : REINTEGRO : ASPECTOS GENERALES : CONSTITUCIONALIDAD : CC
Corte Constitucional, S. C- 533 de 2012 - ¿La supresión hecha por el legislador de la posibilidad de que el juez laboral ordene en ciertos eventos, el reintegro del trabajador que ha sido despedido sin justa causa, después de más de 10 años de servicio continuo con el mismo empleador, desconoce la protección del derecho del trabajo y algunos de los principios mínimos fundamentales que componen el estatuto del trabajo, contrariando así la prohibición de no regresividad de los derechos sociales, en la medida en que la legislación anterior permitía al juez decidir entre ordenar el reintegro del trabajador a su empleo o la indemnización originada en el despido sin justa causa? Reiteró que, como lo ha señalado la jurisprudencia, la estabilidad laboral para la permanencia en el empleo no es absoluta, como también que la acción de reintegro no es el único medio adoptado por el legislador para garantizar este tipo de estabilidad. La Corporación aclaró que estas consideraciones no se extienden a otro tipo de reintegros por protección laboral reforzada, que se fundamentan en presupuestos de raigambre constitucional, como es la estabilidad de las trabajadoras en estado de embarazo, las personas con discapacidad o alguna limitación o en aplicación del denominado retén social o de otra situación que deba ser protegida en aplicación estricta de la Constitución. Ley 789 de 2002, "por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo"; Art. 28 (Mod. el Art. 64 del C.S.T) : Exequible
Corte Constitucional, S. T- 190 de 2011 - ¿Fueron vulnerados los derechos fundamentales de los accionantes por sus empresas empleadoras, al terminar de manera unilateral los contratos de trabajo que habían suscrito, sin la previa autorización del Ministerio de la Protección Social, a pesar de que cada uno de ellos padecía una discapacidad, debido a los accidentes sufridos en desarrollo de sus labores?. Concedida. Improcedencia de la acción de tutela para obtener el reintegro al trabajo, salvo que se trate de resguardar el derecho a la protección laboral reforzada. La omisión de proporcionar el debido amparo a las personas en situación de indefensión, bien sea por razones económicas, físicas o mentales, puede constituir una medida discriminatoria , por cuanto las condiciones que enfrentan esas personas les impiden integrarse de manera espontánea a la sociedad, para ejercer sus derechos y responder por sus obligaciones, así que el Estado no puede negarse a adoptar las medidas de orden positivo orientadas a superar, en lo factible, esa situación de desigualdad y de desprotección
Corte Constitucional, S. T- 162 de 2010 - ¿La Empresa de Servicio Público vulneró los derechos al trabajo y vida digna de la accionante, al desvincularla del cargo que ejercía, en virtud del proceso de liquidación forzosa administrativa de dicha entidad? Concedida. Estabilidad laboral reforzada de las madres cabeza de familia. Más que la ausencia del padre, lo que ha de tenerse en cuenta es que se sustraiga al cumplimiento de sus obligaciones. Cuando el padre del menor reside en una ciudad distinta se infiere que: (i) se ha presentado una ausencia de la figura paterna y (ii) "la responsabilidad por cubrir las necesidades tanto económicas como emocionales" del niño recae de manera primaria y permanente sobre la madre. Reintegro laboral al mismo cargo o a uno equivalente donde pueda seguir devengando igual asignación salarial a la que recibía en el momento de su desvinculación
Corte Constitucional, S. C- 381 2000 - Fuero sindical; diferencia en términos de préscripción para acciones de reintegro y de levantamiento del fuero
Corte Constitucional, S. C- 594 1997 - Acción de reintegro o indemnización; a criterio del juez
Corte Constitucional, S. C- 512 1996 - Reintegro de administradores y revisores fiscales; límites a las prohibiciones

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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