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RESOLUCIÓN 30 DE 2019
(octubre 21)
Diario Oficial No. 51.114 de 22 de octubre 2019
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por la cual se efectúan unas aclaraciones de leyenda en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2019.
EL DIRECTOR GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL,
en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 23 de la Ley 1940 de 2018 y del Decreto número 2467 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 23 de la Ley 1940 de 2018 y del Decreto número 2467 de 2018, facultan al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, para que de oficio o a petición del jefe del órgano respectivo, a través de una resolución efectúe las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias, para enmendar los errores de transcripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019;
Que en el anexo del Decreto de Liquidación 2467 de 2018 se requiere corregir el nombre del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y unos rubros de funcionamiento de unas entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación;
Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar oportunamente las aclaraciones necesarias, en concordancia con las normas antes citadas;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ACLARACIÓN DE LEYENDA. Efectuar las siguientes aclaraciones de leyenda en el anexo del Decreto número 2467 de 2018.
Dice:
SECCIÓN: 2306
FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Debe decir:
SECCIÓN; 2306
FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SECCIÓN: 1201MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
UNIDAD: 120101GESTIÓN GENERAL
A. FUNCIONAMIENTO
CUENTA | 03 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
SUBCUENTA | 03 | A ENTIDADES DEL GOBIERNO |
OBJETO DE GASTO | 03 | A ÓRGANOS DEL PGN |
Dice:
ORDINAL | 065 | APOYO AL FUNCIONAMIENTO DEL MECANISMO INDEPENDIENTE DE DISCAPACIDAD - ARTICULO 30. LEY 1618 DE 2013 |
Debe decir:
ORDINAL | 065 | APOYO AL FUNCIONAMIENTO DEL MECANISMO INDEPENDIENTE DE DISCAPACIDAD - LEY 1618 DE 2013 |
SECCIÓN: 3601
MINISTERIO DEL TRABAJO
UNIDAD: 360101
GESTIÓN GENERAL
A. FUNCIONAMIENTO
CUENTA | 03 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
SUBCUENTA | 04 | PRESTACIONES SOCIALES |
OBJETO DE GASTO | 03 | PRESTACIONES SOCIALES ASUMIDAS POR EL GOBIERNO |
Dice:
ORDINAL | 005 | OTROS RECURSOS PARA SEGURIDAD SOCIAL (DE PENSIONES) |
Debe decir:
ORDINAL | 005 | OTROS RECURSOS PARA SEGURIDAD SOCIAL |
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de 2019.
El Director General del Presupuesto Público Nacional,
Fernando Jiménez Rodríguez.
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