Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 5 DE 2016

(abril 25)

Diario Oficial No. 49.856 de 26 de abril de 2016

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016.

LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales expidió el Decreto 2550 del 30 de diciembre de 2015, “por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”.

Que de conformidad con el artículo 2.81.5.3. del Decreto 1068 de 2015, los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con los clasificadores en el Decreto de Liquidación y sus anexos son de carácter estrictamente informativo, por lo tanto la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá corregirlos, siempre que no se afecte el presupuesto de ingresos;

Que se requiere precisar un código de una fuente de financiación en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Minas y Energía que no afecta el presupuesto de ingresos y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional conceptuaron favorablemente sobre estas operaciones en sus comunicaciones: 20164340000566 del 15 de marzo de 2016 y 6.3.0.2 2-2016-012377 del 7 de abril de 2016;

Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar las correcciones de recursos necesarias, en concordancia con las normas citadas,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CAMBIO DE RECURSO. Efectuar la siguiente corrección a los recursos y sus correspondientes códigos de identificación que aparecen con carácter informativo en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016.

SECCIÓN 2101

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

UNIDAD 210101

GESTIÓN GENERAL

PROGRAMA 520 ADMINISTRACIÓN, ATENCIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
SUBPROGRAMA 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO
PROYECTO 1 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL SECTOR MINERO ENERGÉTICO NACIONAL
Dice: 
RECURSO 13 RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO PREVIA AUTORIZACIÓN $4.800.000.000
Debe decir: 
RECURSO 14 PRÉSTAMOS DESTINACIÓN ESPECÍFICA $4.800.000.000
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de abril de 2016.

El Director General del Presupuesto Público Nacional,

FERNANDO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ.

Aprobado Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 29 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.943 - 17 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.