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RESOLUCIÓN 389 de 2020

(del 13 de abril)

Diario Oficial No. 51.287 de 16 de abril 2020

INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI

Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones disciplinarias adelantadas por el Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC como consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto 2113 de 1992, el Decreto Nacional No. 531 de abril 8 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que en razón de la pandemia del COVID- 19 se ha decretado en Colombia la emergencia sanitaria, teniendo como medida principal el aislamiento social para evitar la propagación

Que la Procuraduría General de la Nación mediante Resolución No. 0128 del 16 de marzo de 2020, en su artículo primero dispuso suspender términos de las actuaciones disciplinarias y en su artículo segundo establece que cada operador disciplinario adoptará las medidas necesarias de acuerdo a lo ordenado en el artículo primero.

Que mediante Decreto Nacional No. 531 de abril 8 de 2020 proferido por el Ministerio del Interior de Colombia, se dispuso ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020 y hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020. en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

Que la operación disciplinaria, por parte del Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi. se realiza en Bogotá y con servidores públicos que ejercen sus funciones en esa ciudad y en las diferentes ciudades y municipios sedes de las Direcciones Territoriales y Unidades Operativas de Catastro para práctica de pruebas y otras diligencias en atención a las comisiones otorgadas por el Secretario General del IGAC como Coordinador del citado Grupo Formal de Trabajo.

Que. al adoptarse las medidas referidas anteriormente, se impide que las personas que intervienen en la operación de las actuaciones disciplinarias, estos son los funcionarios del Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi y contratistas que apoyan la gestión, así como los investigados defensores, quejosos, declarantes y demás, acudan a la sede de la entidad en Bogotá D.C., y a las sedes territoriales y de las Unidades Operativas de Catastro.

Que, con el fin de garantizar el debido ejercicio de la acción disciplinaria, el debido proceso y el derecho de defensa de los funcionarios y ex funcionarios vinculados a los procesos disciplinarios que se adelantan, la Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. - Suspender los términos en todas las actuaciones disciplinarias a cargo del Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, a partir del día de la publicación de esta decisión y hasta el día 26 de abril de dos mil veinte (2020), inclusive.

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ARTÍCULO SEGUNDO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en la ciudad de Bogotá D.C.,

OLGA LUCÍA LÓPEZ MORALES

Directora General

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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