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RESOLUCIÓN 728 DE 2018

(noviembre 1)

Diario Oficial No. 50.764 de 1 de noviembre de 2018

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se autoriza la utilización de la firma mecánica en las actuaciones de la Dirección General del Icfes.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN,

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, en el artículo 12 del Decreto número 2150 de 1995, en el artículo 9o numeral 9 del Decreto número 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO:

1. Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia señala: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

2. Que el artículo 12 del Decreto número 2150 de 1995(2) prescribe el uso de la firma mecánica en los siguientes términos: “Los jefes de las entidades que integran la Administración Pública podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deberá informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico”.

3. Que el numeral 5 del artículo 13 del Decreto número 5014 de 2009(3)

2 Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. establece como una de las funciones de la Oficina de Gestión de Proyectos de Investigación, la de “Participar y propiciar proyectos nacionales e internacionales en materia de investigación en evaluación de la educación”.

4. Que el parágrafo del artículo 2.3.3.3.4.1.2., del Decreto número 1075 de 2015, (Decreto Único Reglamentario del Sector Educación (DURSE)), establece que la validación del bachillerato en un solo examen conducente al título de bachiller académico será competencia del Icfes. En el mismo sentido, el artículo 2.3.3.3.4.3.4., del mismo decreto señala que el Icfes es la entidad encargada de expedir el diploma de aquellas personas que hubieren aprobado el examen de validación.

5. Que el Despacho de la Dirección General del Icfes requiere dar agilidad al trámite de firma de diplomas y actas de grado de las personas que aprueben el examen de validación y de las certificaciones o constancias de asistencia a los eventos que organice el Icfes.

6. Que, al tratarse de un procedimiento que implica firmas masivas, para desarrollar con eficiencia y eficacia los procedimientos de expedición de diplomas y actas de grado de los exámenes de validación, y la expedición de certificaciones sobre la asistencia a los eventos como seminarios, talleres o conferencias, se hace necesario utilizar la firma que proceda de algún medio mecánico.

7. Que, en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar la firma mecánica para la suscripción de los diplomas y actas de grado de validantes que expida la Directora General del Icfes.

PARÁGRAFO. El uso de la firma para los fines señalados en el presente artículo será responsabilidad del jefe de la Dirección de Tecnología del Icfes, o quien haga sus veces.

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ARTÍCULO 2o. Adoptar la firma mecánica para la suscripción de certificaciones, diplomas o constancias de asistencia a los eventos que organice el Icfes y que sean expedidos por la Directora General del Icfes.

PARÁGRAFO. El uso de la firma para los fines señalados en el presente artículo será responsabilidad del jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones y Mercadeo, o quien haga sus veces.

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ARTÍCULO 3o. La firma mecánica que se generará en los documentos señalados en los artículos 1 y 2 corresponderá a un facsímile con la imagen de la firma de la Directora General del Icfes, doctora María Figueroa Cahnspeyer, reproducida mediante medios computarizados, a la cual se acompañará el nombre y cargo.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a 1 de noviembre de 2018.

Publíquese y cúmplase.

La Directora General,

María Figueroa Cahnspeyer.

NOTAS AL FINAL:

2. Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

3. Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), y se dictan otras disposiciones.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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