Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 660 DE 2022

(octubre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 52.204 de 31 de octubre de 2022

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se fijan las tarifas de los exámenes que realiza el Icfes para la vigencia 2023

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA

EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – ICFES

En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 1324 de 2009, en el numeral 9o. del artículo 9o. del Decreto 5014 de 2009 y,

CONSIDERANDO

Que el Estado ejerce la función de inspección y vigilancia de la educación mediante exámenes de Estado y otras pruebas externas, para medir el nivel de cumplimiento de sus objetivos y buscar el mejoramiento continuo de la educación (art. 1o., Ley 1324 de 2009).

Que los exámenes de Estado son aquellos que (i) evalúan la educación a quienes terminan el nivel de educación media (Icfes Saber 11); y que (ii) evalúan los programas de pregrado de las Instituciones de Educación Superior (Saber Pro y TyT) (art. 7o., Ley 1324 de 2009).

Que el Icfes, entre otras, tiene la función, de desarrollar la fundamentación teórica, y diseñar, elaborar y aplicar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior (art. 12o., núm. 2o., Ley 1324 de 2009). Lo anterior significa que el Icfes realiza los exámenes de Estado.

Que el Icfes tiene la competencia de realizar un examen de ensayo denominado Pre Saber; y también un examen de validación del bachillerato (arts. 2.3.3.3.7.3. y 2.3.3.3.4.3.1., Decreto 1075 de 2015).

Que el Icfes podrá definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios que preste (arts. 1o. y 2o., Ley 635 de 2000).

Que la Junta Directiva del Icfes tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado de cada año; y en sesión ordinaria del 27 de octubre de 2022, dicha instancia fijó las tarifas del examen de Estado de la Educación Media, del examen de Estado de Calidad de la Educación Superior, del examen Pre Saber 11 y del examen de validación del Bachillerato (art. , núm. 5º, Decreto 5014 de 2009).

Que todas “los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT)” (art. 49, Ley 1955 de 2019). Sin embargo, al momento de expedir la presente resolución, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) no ha fijado oficialmente el valor de la UVT para el año 2023; razón por la cual las tarifas de la presente resolución se expresarán en UVT del año 2022.

Que con el objetivo de materializar la decisión de la Junta Directiva sobre las tarifas de los exámenes del Icfes para el año 2023 y darla a conocer al público, se hace necesario expedir la presente resolución.

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Fijar las tarifas del examen de Estado de la Educación Media, del examen de Estado de Calidad de la Educación Superior, del examen Pre Saber 11 y del examen de Validación del Bachillerato para la vigencia 2023, por usuario, aprobadas por la Junta Directiva del Icfes:

1. TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN MEDIA ICFES SABER 11

POBLACIÓNTARIFA ORDINARIA 2023TARIFA EN UVT 2022TARIFA EXTRAORDINARIA 2023TARIFA EN UVT 2022
Colegios públicos $ 58.0001,5$ 87.5002,3
Colegios privados rango I: valor de pensión por estudiante menor o igual a $98.000$ 58.000
1,5

$ 87.500

2,3
Colegios privados rango II: valor de pensión por estudiante mayor a $98.000$ 76.500
2,0

$ 116.500

3,1
Bachilleres graduados (entre la primera y la cuarta inscripción)$ 76.5002,0$ 116.5003,1
Bachilleres graduados (a partir de la quinta (5ª) inscripción)$ 229.5006,0$ 229.5006,0

2. TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: SABER PRO y SABER TyT


POBLACIÓN
TARIFA ORDINARIA 2023TARIFA EN UVT 2022TARIFA EXTRAORDINARIA 2023TARIFA EN UVT 2022
Instituciones de educación superior públicas$ 102.5002,7$ 150.0003,9
Instituciones de educación superior privadas, rango I: valor de matrícula menor o igual a $1.063.000
$ 102.500

2,7

$ 150.000

3,9
Instituciones de educación superior privadas, rango II: valor de matrícula mayor a $1.063.000
$ 134.000

3,5

$ 199.500

5,2
Personas ya graduadas de un programa académico de pregrado $ 134.0003,5$ 199.5005,2
Saber Pro / Saber TyT Exterior$ 134.0003,5$ 199.5005,2

3. TARIFAS EXAMENES PRE-SABER Y VALIDACIÓN DEL BACHILLERATO


POBLACIÓN
TARIFA ORDINARIA 2023TARIFA EN UVT 2022TARIFA EXTRAORDINARIA 2023TARIFA EN UVT 2022
Pre Saber $ 76.5002,0$ 116.5003,1
Validación del Bachillerato$ 76.5002,0$ 116.5003,1

4. TARIFAS EXÁMENES EXTEMPORÁNEOS

EXAMENTARIFA EXTEMPORÁNEA 2023TARIFA EN UVT 2022
Saber 11$ 175.0004,6
Validación del Bachillerato$ 175.0004,6
Saber Pro y TyT$ 300.0007,9
Saber Pro / Saber TyT Exterior$ 300.0007,9

PARÁGRAFO. El Icfes podrá realizar exámenes extemporáneos, los cuáles serán definidos y publicados mediante resolución.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su expedición.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. Publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Icfes.

Dada en Bogotá D.C a los

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANDRES MOLANO FLECHAS

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.