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RESOLUCIÓN 576 DE 2021

(noviembre 5)

Diario Oficial No. 51.852 de 8 de noviembre de 2021

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

Por la cual se establece el cronograma del examen Icfes Saber 11 Calendario B 2022

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - Icfes

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009, por el numeral 9o del Artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO

Que el Artículo 7o de la Ley 1324[1] de 2009 establece que uno de los exámenes de Estado es el examen para evaluar oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media (Examen Icfes Saber 11).

Que el Artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015[2], desde ahora DURSE, establece que el calendario de aplicación del Examen de Estado Saber 11 será determinado por el Icfes.

Que el Articulo 2.3.3.3.7.3. del DURSE señala que el Icfes podrá hacer exámenes de ensayo (Icfes Pre Saber) con características similares a las del Examen Saber 11.

Que el Artículo 2.3.3.3.4.3.1. del DURSE facultó al Icfes para programar, diseñar, administrar y calificar el examen de validación del bachillerato, examen cuya aprobación da lugar a que la entidad otorgue el título de bachiller a quienes lo aprueben y cumplan las demás condiciones establecidas en el decreto.

Que, por lo anterior, el Icfes establecerá el cronograma de los exámenes Saber 11, validación del bachillerato y Saber Pro del calendario B para el año 2022.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Fijar el cronograma para el Examen Saber 11, Pre-Saber y Validación, Calendario B para la vigencia 2022, así:

EXAMEN SABER 11, PRE SABER Y VALIDACIÓN. CALENDARIO B

<Cronograma modificado por el artículo 1 de la Resolución 638 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:>

DESCRIPCIÓN DE LA ETAPAFECHA DE INICIOFECHA FINAL
Registro ordinarioMiércoles, 10 de noviembre de 2021Lunes, 17 de enero de 2022
Recaudo ordinarioMiércoles, 10 de noviembre de 2021Lunes, 17 de enero de 2022
Registro extraordinarioMiércoles, 19 de enero Domingo, 23 de enero de 2022
Recaudo extraordinarioMiércoles, 19 de eneroDomingo, 23 de enero de 2022
Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otrasMiércoles, 10 de noviembre de 2021Viernes, 28 de enero de 2022
Solicitud de devolución de la diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondíaJueves, 11 de noviembre de 2021Viernes, 11 de febrero de 2022
Publicación de citacionesSábado, 12 de marzo de 2022 Sábado, 12 de marzo de 2022
Verificación datos de citación, Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro.Sábado, 12 de marzo de 2022 miércoles, 16 de marzo de 2022
Aplicación Saber 11B, Pre Saber y Validacióndomingo, 27 de marzo de 2022domingo, 27 de marzo de 2022
Solicitud de abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuitodomingo, 27 de marzo de 2022Martes, 19 de abril de 2022
Publicación de resultados de estudiantes e individuales Saber 11 en página websábado, 28 de mayo de 2022sábado, 28 de mayo de 2022
Publicación de resultados de validantes y Pre Saber (incluye diplomas y actas de aprobación de Validación General del Bachillerato)sábado, 04 de junio de 2022 sábado, 04 de junio de 2022
Plazo para interponer reclamos contra resultados individualesDentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive.

*La fecha de publicación de resultados agregados por Institución y Secretarias de Educación, así como la de planteles según categoría de rendimiento definitiva se dará a conocer con el cronograma del examen Saber 11 Calendario A. Dicha publicación depende de las reclamaciones contra los resultados individuales y las demás actuaciones que de estos se deriven.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

PARÁGRAFO. <Parágrafo adicionado por el artículo 4 de la Resolución 46 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Las fechas de publicación de resultados agregados por Institución, de Secretarias de Educación y de clasificación de planteles según categoría de rendimiento son las siguientes:

Descripción de la etapaFecha de InicioFecha Final
Primera publicación de resultados agregados por Institución y Secretarías de EducaciónViernes, 23 de diciembre de 2022Viernes, 23 de diciembre de 2022
Publicación definitiva de resultados agregados por Institución y Secretarías de EducaciónMartes, 28 de febrero de 2023Martes, 28 de febrero de 2023
Primera publicación clasificación de resultados de planteles según categoría de rendimientoMartes, 28 de diciembre de 2022Martes, 28 de diciembre de 2022
Publicación definitiva de clasificación de resultados de planteles según categoría de rendimiento
Sábado, 1 de julio de 2023

Sábado, 1 de julio de 2023
Plazo para interponer reclamaciones contra resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación (Cuando aplique)Dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de la primera publicación de los resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación, inclusive.
Plazo para interponer reclamos sobre resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento (cuando aplique)Dentro de los seis (06) meses siguientes a la fecha de la primera publicación de los resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento, inclusive.
Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá D.C., a los cinco (05) días del mes de noviembre del año 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MÓNICA OSPINA LONDOÑO

Directora General

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES.

2. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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