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RESOLUCIÓN 574 DE 2020
(diciembre 2)
Diario Oficial No. 51.517 de 3 de diciembre de 2020
INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
Por la cual se establece el cronograma del examen de Estado Saber 11 calendario B en el año 2021.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),
en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009, por el numeral 9 del artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, el artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7o de la Ley 1324 de 2009(1) establece que uno de los exámenes de Estado es el examen para evaluar oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media, el cual se denomina Saber 11.
Que el artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015(2), Decreto Único del Sector Educación (DURSE), establece que el cronograma de aplicación del examen de Estado Saber 11 es determinado por el Icfes.
Que el artículo 2.3.3.3.7.3. del DURSE señala que el Icfes podrá hacer exámenes de ensayo, examen Presaber, con características similares a las del examen Saber 11 para que los estudiantes o personas interesadas se familiaricen con la prueba.
Que el artículo 2.3.3.3.4.3.1. del DURSE facultó al Icfes para programar, diseñar, administrar y calificar el Examen de Validación del Bachillerato, el cual permite que quienes lo aprueben y cumplan las demás condiciones establecidas en el decreto obtengan el título de bachiller otorgado por el Icfes.
Que la prueba Pre Saber, en consideración a que se trata de una prueba de ensayo y dadas las condiciones de bioseguridad para reducir el número de examinandos en los sitios físicos de aplicación de las pruebas de Estado, se ofrecerá únicamente en modalidad electrónica en casa, en atención a la necesidad de preservar la salud y vida de los examinandos, sus familias y todo el personal logístico de las pruebas.
Que, por lo anterior, el Icfes establecerá el cronograma de los exámenes Saber 11 calendario B, Validación del Bachillerato y Pre Saber para el año 2021.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Fijar el cronograma para el examen Saber 11 calendario B, Pre Saber y Validación para la vigencia 2021, así:
Descripción de la Etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final |
Registro ordinario | Viernes 4 de diciembre de 2020 | Viernes 15 de enero de 2021 |
Recaudo ordinario | Viernes 4 de diciembre de 2020 | Lunes 18 de enero de 2021 |
Registro extraordinario | Martes 19 de enero de 2021 | Jueves 21 de enero de 2021 |
Recaudo extraordinario | Martes 19 de enero de 2021 | Lunes 25 de enero de 2021 |
Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otras | Lunes, 7 de diciembre de 2020. | Miércoles, 27 de enero de 2021 |
Devolución de la diferencia cuando se hubiere pagado un mayor valor al que le correspondía | Martes, 26 de enero de 2021 | Lunes, 15 de febrero de 2021 |
Publicación de citaciones | Viernes 5 de marzo de 2021 | Viernes 5 de marzo de 2021 |
Verificación datos de citación, Solicitud extraordinaria de cambio, aclaración o corrección del municipio de aplicación. Únicamente aplica cuando la citación muestre un municipio distinto al seleccionado por el usuario durante la etapa de registro. | Viernes 5 de marzo de 2021 | Miércoles 10 de marzo de 2021 |
<Etapa modificada por el artículo 1 de la Resolución 135 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Aplicación Saber 11 A <sic>, Pre Saber presencial y Validación | Domingo 21 de marzo de 2021 | |
Aplicación electrónica Pre Saber | Martes 16 de marzo de 2021 | Jueves 18 de marzo de 2021 |
Solicitud de abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuito | Domingo 21 de marzo de 2021 | Miércoles, 14 de abril de 2021 |
Publicación de resultados de estudiantes e individuales Saber 11 en página web | Sábado 15 de mayo de 2021 | Sábado 15 de mayo de 2021 |
Publicación de resultados de validantes y Pre Saber (incluye diplomas y actas de aprobación de Validación General del Bachillerato) | Sábado 22 de mayo de 2021 | Sábado 22 de mayo de 2021 |
<Etapa modificada por el artículo 1 de la Resolución 90 de 2021> <Etapa modificada por el artículo 2 de la Resolución 280 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Primera publicación de resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación | Lunes, 6 de diciembre de 2021 Sábado, 18 de diciembre de 2021 | Lunes, 6 de diciembre de 2021 |
<Etapa adicionada por el artículo 1 de la Resolución 90 de 2021> <Etapa modificada por el artículo 2 de la Resolución 280 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Publicación definitiva de resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación* | ||
<Etapa modificada por el artículo 1 de la Resolución 90 de 2021> <Etapa modificada por el artículo 2 de la Resolución 280 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Primera publicación clasificación de resultados de planteles según categoría de rendimiento | Lunes 13 de diciembre de 2021 Lunes, 27 de diciembre de 2021 | Lunes 13 de diciembre de 2021 |
<Etapa adicionada por el artículo 1 de la Resolución 90 de 2021> <Etapa modificada por el artículo 2 de la Resolución 280 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Publicación definitiva de clasificación de resultados de planteles según categoría de rendimiento** | ||
Plazo para interponer reclamaciones contra resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación (Cuando aplique) | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados agregados por Institución y Secretarías de Educación, inclusive. | |
Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive. | |
Plazo para interponer reclamos sobre resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento (cuando aplique) | Dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados de clasificación de planteles según categoría de rendimiento, inclusive |
<Pie de tabla adicionado por el artículo 1 de la Resolución 90 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> */**La publicación definitiva depende de las reclamaciones contra los resultados individuales.
ARTÍCULO 1A. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 258 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Fíjese una fecha de presentación extraordinaria del examen y de publicación de resultados individuales para las personas que, estando citadas, no presentaron el examen de Estado Saber 11 calendario B el 21 de marzo de 2021 por riesgo de contagio de COVID 19 o por tener un diagnóstico médico del mismo, así:
Descripción de la etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final |
Publicación de citaciones | Sábado 5 de junio de 2021 | Sábado 5 de junio de 2021 |
Reclamaciones sobre corrección de datos, aclaración sobre reporte de discapacidad, cambio de jornada de estudiantes, cambio de inscripción de graduado a estudiante, imposibilidad de realizar el registro, cambio del municipio de presentación de la prueba, entre otras | Martes 8 de junio de 2021 | Jueves 10 de junio de 2021. |
Aplicación | 20 de junio de 2021 | 20 de junio de 2021 |
Solicitud abono para otro examen por razones de fuerza mayor o caso fortuito | Lunes, 21 de junio de 2021 | Lunes, 12 de julio de 2021 |
Publicación de resultados individuales en página web | Sábado, 24 de julio de 2021 | Sábado, 24 de julio de 2021 |
Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive. |
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2020.
La Directora General,
Mónica Ospina Londoño
NOTAS AL FINAL:
1. Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES.
2. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación
3. Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el Icfes
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