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RESOLUCION 150 DE 2013

(marzo 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES

<NOTA DE VIGENCIA : <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 542 de 2014>

Por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo denominado Grupo de Arquitectura del Nuevo Sistema Misional

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – ICFES

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, y en especial
las conferidas por el decreto 5014 de 2009, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los capítulos I y IX de la ley 962 de 2005, el artículo 8 del Decreto 2489 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el ICFES en el año 2012 inició la implementación de un nuevo sistema misional, que reemplazará el actual debido a los nuevos retos del Instituto y la reestructuración de los exámenes. Que en atención a lo anterior y para asegurar el éxito del proyecto se requiere crear un grupo de Arquitectura, que de acuerdo a las mejoras prácticas del marco TOGAF (The Open Group Architecture Framework) defina y garantice que el nuevo sistema siga la arquitectura de solución definida.

Que es preciso establecer que el Grupo de Arquitectura del Nuevo Sistema Misional se encargará de definir el conjunto de estructuras de alto nivel del sistema, que comprenden los componentes, propiedades de los componentes y las relaciones entre ellos. La arquitectura aborda cuatro vistas desde las cuales se analiza, diseña y construye el sistema: Aplicaciones, Negocio, Datos e Infraestructura.

Que para fortalecer la gestión encomendada al área de arquitectura del nuevo sistema misional, se considera necesario formalizar su funcionamiento al interior del ICFES, como un grupo interno de trabajo dependiente de la Dirección de Tecnología e Información, y cuyo propósito fundamental será el de cumplir los requerimientos no funcionales del sistema tales como desempeño, concurrencia, seguridad, trazabilidad, disponibilidad y flexibilidad bajo unas restricciones de tecnología y recursos determinadas.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.<Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 542 de 2014>Crear el Grupo Interno de Trabajo denominado Grupo de Arquitectura del Nuevo Sistema Misional, dependiente de la Dirección de Tecnología e Información, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

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ARTÍCULO SEGUNDO. .<Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 542 de 2014>FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DENOMINADO GRUPO DE ARQUITECTURA DEL NUEVO SISTEMA MISIONAL:

Son funciones del Grupo de Arquitectura del Nuevo Sistema Misional creado en el artículo anterior, las siguientes:

1. Definir la metodología para la definición de la arquitectura y construcción de software.

2. Identificar los requerimientos no funcionales de los casos de uso del sistema.

3. Definir las arquitecturas encaminadas a dar respuesta a dichos requerimientos no funcionales.

4. Promover el reuso de patrones y componentes comunes dentro de todo el sistema.

5. Documentar y socializar las decisiones arquitecturales de alto nivel al grupo de diseñadores y desarrolladores de software del sistema.

6. Servir de enlace entre el equipo técnico y el gerente de proyecto.

7. Realizar verificaciones sobre los componentes de software diseñados para asegurar que estén alineados con la arquitectura.

8. Realizar verificaciones sobre los componentes de software desarrollados para asegurar que se encuentren ajustados al diseño.

9. Las demás que le sean asignadas por la Dirección General, la Dirección de Tecnología e Información.

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ARTÍCULO TERCERO. DURACIÓN. .<Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 542 de 2014>El Grupo de Arquitectura del Nuevo Sistema Misional tendrá una duración temporal hasta la terminación del proyecto de implementación del sistema.

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ARTÍCULO CUARTO. .<Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 542 de 2014>El Grupo de Arquitectura del Nuevo Sistema Misional, creado en la presente resolución, tendrá un coordinador designado por la Dirección General y estará conformado por funcionarios de la planta de personal del Instituto, sin perjuicio de que exista la posibilidad de vincular personal externo para estas tareas, siempre que las necesidades lo exijan.

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ARTÍCULO QUINTO. .<Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 542 de 2014>La presente resolución rige a partir de su expedición.

COMUNIQUESE y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a

MARGARITA PEÑA BORRERO

Directora General

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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