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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 3 DE 2014

(febrero 11)

Diario Oficial No. 49.063 de 13 de febrero de 2014

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5 de 2023>

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución Orgánica número 008 del 2011.

Resumen de Notas de Vigencia

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por los numerales 1 y 13 del artículo 17 del Decreto número 272 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6o del Decreto-ley 272 de 2000 señala que la Auditoría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones;

Que el numeral 1 del artículo 13 del Decreto-ley 272 de 2000, establece como función de la Auditora General de la República, dirigir el funcionamiento de la Auditoría General de la República, formular las políticas, planes y estrategias necesarias para el eficiente y efectivo ejercicio de las funciones que otorgan la Constitución y la ley;

Que según el numeral 11 del artículo 7o del Decreto-ley 272 de 2000, el Auditor General de la República le corresponde establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma;

Que de acuerdo al numeral 14 del artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000 el Auditor General de la República está facultado para asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la Auditoría General de la República, las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, para lo cual se podrá conformar equipos de trabajo y dictar los reglamentos internos que se requieran, así como delegar y desconcentrar las funciones a que hubiere lugar con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes;

Que de conformidad con el numeral 4 artículo 23 y el numeral 5 del artículo 25 del Decreto-ley 272 de 2000, la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal y la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva tienen dentro de sus funciones, adelantar los procesos fiscales y Jurisdicción Coactiva de conformidad con las competencias y tareas internas que determine el Auditor General de la República.

Que mediante Resolución Orgánica número 008 de 2011 se creó la Secretaría Común de Procesos Fiscales y se le asignan funciones.

Que es necesario modificar la composición de la Secretaría Común de Procesos Fiscales, para el efectivo cumplimiento de las atribuciones y funciones legales de la Auditoría General de la República en materia de procesos de responsabilidad fiscal, administrativo sancionatorio y de jurisdicción coactiva.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 5 de 2023> Modificar el artículo 6o de la Resolución número 008, la cual quedará de la siguiente forma:

“Artículo 6o. La Secretaría Común de Procesos Fiscales estará adscrita a la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva, y estará conformada por un Secretario que será un funcionario con mínimo cuatro (4) semestres de derecho y un auxiliar de Secretaría que podrá ser del nivel técnico o asistencial”.

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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de febrero de 2014.

La Auditora General de la República,

LAURA EMILSE MARULANDA TOBÓN.

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

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