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DECRETO 1773 DE 1938

(octubre 1)

Diario Oficial No. 23.899 del 13 de octubre de 1938

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por el cual se dicta una disposición sobre restaurantes escolares en el Departamento del Atlántico

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. Mientras el señor Inspector Nacional de Educación en el Departamento del Atlántico permanezca ausente de Barranquilla, en desempeño de la comisión que le confirió el Gobierno, las cuentas de cobro que debe presentar el Administrador de Hacienda Nacional en Barranquilla por el auxilio nacional para los restaurantes escolares, según el artículo segundo del Decreto ejecutivo número 267 del año en curso, serán visadas por el señor Director de Educación en el citado Departamento.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1º de octubre de 1938.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

ALFONSO ARAUJO

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"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 5 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.582 - 17 de noviembre de 2023)

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