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DECRETO 400 DE 1985

(febrero 12)

Diario Oficial No. 36.877 del 28 de febrero de 1985

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por el cual se derogan los Decretos 1235 y 2371 de 1981.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 35 del 17 de mayo de 1979, creó el Fondo del Ministerio de Educación Nacional con personería jurídica y patrimonio propio;

Que el artículo 6 de la Ley 35 de 1979 expresa: “La administración del Fondo estará a cargo del Ministro de Educación Nacional, quien podrá designar el personal e integrar los organismos que estime convenientes, para su correcto funcionamiento;

Que el Fondo cumple sus funciones a través de la organización y personal de la Planta del Ministerio de Educación Nacional;

Que siendo el Ministro el Representante Legal del Fondo del Ministerio de Educación Nacional, se excluye la posibilidad de que entre los órganos directivos exista una Junta Directiva de la cual el mismo Ministro sea a su vez su propio Presidente,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Deróganse los Decretos números 1235 de 15 de mayo de 1981 y 2371 de 28 de agosto de 1981.

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ARTÍCULO 2o. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 12 de febrero de 1985.

BELISARIO BETANCUR

La Ministra de Educación Nacional,

DORIS EDER DE ZAMBRANO

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"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 5 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.582 - 17 de noviembre de 2023)

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