Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

DECRETO 326 DE 2019

(marzo 4)

Diario Oficial No. 50.885 de 4 de marzo 2019

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019 y se efectúa la correspondiente liquidación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018, “por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019”, el cual se liquidó mediante Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018.

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto, la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

Que el Gobierno de la República de Colombia, a través de la Fiscalía General de la Nación, en la vigencia de 2016, recibió de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la suma de 200.000 euros equivalentes a $710.073.000.00 pesos moneda corriente, Expediente número 2015/SPE/0000400136, con el objetivo de apoyar el proyecto “Fortalecimiento de las capacidades de los funcionarios y funcionarias de la Fiscalía General de la Nación para la atención de víctimas e investigación en casos de violencia sexual”.

Que los anteriores recursos fueron abonados en la cuenta corriente 311-181804 del Banco BBVA a nombre de la Fiscalía General de la Nación y trasladados a la Cuenta Única Nacional de la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional, mediante transferencia SEBRA en la cuenta número 610-16986 del Banco de la República, en cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.

Que durante la vigencia fiscal 2018 quedó un saldo por ejecutar en el presupuesto de la Fiscalía General de la Nación por valor de $20.490.754, para ser incorporados en el presupuesto de la vigencia de 2019, para apoyar el proyecto “Fortalecimiento de las capacidades de los funcionarios y funcionarias de la Fiscalía General de la Nación para la atención de víctimas e investigación en casos de violencia sexual”.

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación. Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.

Que la Fiscalía General de la Nación mediante oficio radicado número 20196210000071 del 30 de enero de 2019, solicitó la incorporación de los recursos no ejecutados en 2018 y donados por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

Que la Jefe del Departamento de Tesorería (e) y el Jefe del Departamento de Presupuesto y Contabilidad, de la Fiscalía General de la Nación, certificaron que el 29 de febrero de 2016 fue recibido de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), en Colombia el valor de 200.000 euros, los cuales fueron monetizados a una tasa de cambio de $3.550,365 por euro, para un total de setecientos diez millones setenta y tres mil ($710.073.000) pesos moneda corriente, en la cuenta corriente número 311-181804 del Banco BBVA, denominada Fiscalía General de la Nación y trasladados a la Cuenta Única Nacional de la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional en 2016 en la cuenta número 610-16986 del Banco de la República.

Así mismo, se evidencia en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) que durante la vigencia fiscal 2016 se ejecutaron $25.000.000, en la vigencia de 2017 $274.033.338,65, en la vigencia de 2018 $337.548.711 y en la vigencia 2019 se apropiaron $117.951.764, por lo cual la Fiscalía General de la Nación solicita la adición al Presupuesto de la vigencia de 2019, de $20.490.754 correspondiente al saldo disponible a 31 de diciembre de 2018, por concepto de cooperación internacional de carácter no reembolsable,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. ADICIÓN PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2019 en la suma de veinte millones cuatrocientos noventa mil setecientos cincuenta y cuatro pesos moneda legal ($20.490.754), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL                                       20.490.754

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN                                            20.490.754

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. ADICIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2019 en la suma de veinte millones cuatrocientos noventa mil setecientos cincuenta y cuatro ($20.490.754) pesos moneda legal, según el siguiente detalle:

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. LIQUIDACIÓN DE LA ADICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2019 en la suma de veinte millones cuatrocientos noventa mil setecientos cincuenta y cuatro ($20.490.754) pesos moneda legal, según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL                                       20.490.754

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN                                            20.490.754

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. LIQUIDACIÓN DE LA ADICIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2019, en la suma de veinte millones cuatrocientos noventa mil setecientos cincuenta y cuatro ($20.490.754) pesos moneda legal, según el siguiente detalle:

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. EL PRESENTE DECRETO SE ACOMPAÑA DE UN ANEXO QUE CONTIENE EL DETALLE DEL GASTO.

Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2019.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 29 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.943 - 17 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.