Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

DECRETO 201 DE 2005

(enero 31)

Diario Oficial No. 45.809 de 01 de febrero de 2005

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por el cual se amplía el plazo para la liquidación del Instituto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", en liquidación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2o del Decreto 254 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1o del Decreto 271 del 29 de enero de 2004, dispuso la supresión del Instituto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", y ordenó su liquidación en un plazo no superior a un año;

Que aún cuando se presentan avances en el proceso de liquidación del Insti tuto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", en liquidación, quedan acciones por ejecutarse como el traspaso de los bienes inmuebles al Ministerio de Educación Nacional; la entrega de los bienes muebles, incluido el centro de documentación y los archivos; el cierre de la contabilidad, tesorería y el presupuesto;

Que de acuerdo con el informe de gestión del 12 de enero de 2005 y la programación de las actividades pendientes por ejecutar dentro del proceso de liquidación del Instituto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", en liquidación, presentados por el Liquidador, se considera procedente la prórroga del plazo establecido en el Decreto 271 de 2004;

Que la Ley General de Presupuesto otorgó al Instituto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", en liquidación, el presupuesto suficiente para sufragar los gastos que demanda el proceso de liquidación durante el primer trimestre del año 2005,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Ampliar hasta el 31 de marzo de 2005 el plazo conferido por el Decreto 271 del 29 de enero de 2004 para concluir el proceso de liquidación del Instituto Colombiano de la Participación "Jorge Eliécer Gaitán", en liquidación.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 271 del 29 de enero de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C, a 31 de enero de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

La Ministra de Educación Nacional,

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de mayo de 2024

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.