Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
CIRCULAR 2 DE 2018
(agosto 17)
Diario Oficial No. 50.688 de 17 de agosto de 2018
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Secretaría Jurídica
PARA: | MINISTROS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO |
DE: | SECRETARÍA JURÍDICA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA |
ASUNTO: | AGENDA REGULATORIA 2019 |
FECHA: | 17 DE AGOSTO DE 2018 |
Respetados Doctores:
De conformidad con lo expuesto en el artículo 2.1.2.1.20 del Decreto 1081 de 2015 (Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República), y en desarrollo de los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, los ministerios y departamentos administrativos que en razón de sus funciones deben preparar proyectos específicos de regulación para la firma del Presidente de la República, están en la obligación de publicar en la sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública de su sitio web, a más tardar el 31 de octubre de 2018, un proyecto de Agenda Regulatoria con la lista de las regulaciones específicas de carácter general que previsiblemente deban expedirse en el año siguiente.
Dicha publicación tiene como fin involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública, motivo por el cual cada entidad deberá revisar los comentarios que reciba durante el mes siguiente y procederá a una nueva publicación, a más tardar el 31 de diciembre de 2018, la cual deberá permanecer visible durante todo el año 2019 en el sitio web de la entidad, junto con sus modificaciones.
En tal medida, invitamos a cada una de las entidades que ustedes dirigen a iniciar las respectivas labores de planeación interna que les permita presentar en los términos expuestos las respectivas Agendas Regulatorias.
El Secretario Jurídico (e),
Juan Sebastián Calderón Machuca.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.