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CIRCULAR EXTERNA 19 DE 2015
(agosto 20)
Diario Oficial No. 49.611 de 21 de agosto de 2015
AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Bogotá, D. C., 20 de agosto de 2015
PARA: | JEFES DE OFICINA JURÍDICA, JEFES DE CONTROL INTERNO, ADMINISTRADORES DEL SISTEMA EKOGUI Y APODERADOS DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS PÚBLICOS DEL ORDEN NACIONAL. |
DE: | AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO. |
ASUNTO: | INSTRUCTIVO DEL SISTEMA ÚNICO DE GESTIÓN E INFORMACIÓN LITIGIOSA DEL ESTADO -EKOGUI- PERFIL APODERADO / RELACIONES ENTRE PROCESOS O CASOS. |
La Ley 1444 de 2011 creó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, cuya estructura fue desarrollada mediante el Decreto Ley 4085 de 2011, asignándole la función de desarrollar, implementar y administrar el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado, el cual debe ser utilizado y alimentado por todas las entidades y organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza jurídica y por aquellas entidades privadas que administren recursos públicos.
El Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado (eKOGUI), fue reglamentado por el Decreto número 2052 de 2014 y tiene como objetivo ser la herramienta para la adecuada gestión del riesgo fiscal asociado a la actividad judicial y extrajudicial de la nación, así como monitorear y gestionar los procesos que se deriven de aquella actividad sin perjuicio de la función constitucional y legal atribuida a la Contraloría General de la República.
De conformidad con los artículos 6o, numeral 2 del Decreto número 4085 de 2011 y el artículo 2.2.3.4.1.5. del Decreto número 1069 de 2015, la Dirección de Gestión de Información de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado es la encargada de elaborar y fijar los protocolos, lineamientos e instructivos para la implementación y uso adecuado del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado (eKOGUI), los cuales tendrán un carácter vinculante para las entidades y organismos estatales del orden nacional y las entidades privadas del mismo orden que administren recursos públicos.
En consecuencia, mediante esta Circular Externa se pone a disposición de las entidades el “Instructivo del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado (eKOGUI) - Relaciones entre procesos o casos” mediante el cual se establecen los procedimientos para llevar a cabo (i) el registro de la acumulación de procesos judiciales activos o terminados, (ii) la relación entre un proceso judicial de acción de repetición y el proceso judicial y/o conciliación que le dio origen y (iii) la asociación de una conciliación extrajudicial al proceso judicial que se derivó después de la misma, en el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado (eKOGUI).
Por último se recuerda a las Entidades y usuarios destinatarios de la presente circular, que el incumplimiento a los anteriores preceptos, acarreará las sanciones previstas en la Ley 734 de 2002 - Código Disciplinario Único.
Cordialmente,
La Directora General,
ADRIANA GUILLÉN ARANGO.
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