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2023
SENTENCIA C-507 de 2023 - Reducción de la jornada laboral debe ser aplicable a las y los trabajadores del servicio doméstico interno. EXEQUIBILIDAD condicionada del artículo 2 de la Ley 2101 de 2021 y 162 -literal b del numeral 1- del Código Sustantivo del Trabajo, por el cargo analizado, en el entendido que la jornada máxima laboral del servicio doméstico interno se reducirá de 60 a 52,5 horas semanales (reducción equivalente a un 12,5 %). Esta reducción -tal y como ocurre con la que aplica para los trabajadores en general- podrá ser gradual, a menos que las partes que suscriban los contratos de trabajo acuerden implementarla de manera inmediata\ Exhorta al Congreso de la República para que adopte las medidas legislativas necesarias, en orden a igualar la jornada máxima laboral del servicio doméstico, en relación con la jornada de los trabajadores en general, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Convenio No. 189 de la OIT
SENTENCIA C-462 de 2023 - Las inhabilidades para contratar, contenidas los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, para quienes se encuentren en "segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad" deben entenderse que también incluyen a quienes se encuentren dentro del "segundo grado de parentesco civil". En los anteriores términos se CONDICIONA la exequibilidad de las expresiones "segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad", contenidas en los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993
SENTENCIA C-458 de 2023 - Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-391de 2023, que declaró la inexequibilidad del artículo 95 de la Ley 2277 de 2023 -por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones-
SENTENCIA C-324 de 2023 - Las licencias de maternidad en la época del parto también son aplicables cuando hombres trans y personas no binarias experimenten procesos de gestación. CONDICIONALMENTE EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las expresiones "trabajadora", "madre" y "mujer" contenidas en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, en el entendido de que las licencias en la época del parto también son aplicables a hombres trans y personas no binarias, en los términos señalados en esta sentencia
SENTENCIA C-307 de 2023 - La vinculación de abogados al servicio de Defensoría Pública que administra la Defensoría del Pueblo, mediante la figura del contrato de prestación de servicios profesionales, facultada en el artículo 26 de la Ley 941 de 2005, no desconoce el artículo 125 de la Constitución y, en general, el principio de la carrera administrativa; tampoco infringe los artículos 25 y 53 de la Constitución y los derechos laborales de los defensores públicos; ni vulneran el artículo 13 de la Constitución cuando asignaban un tratamiento distinto a los referidos defensores, frente a los empleados de carrera\ La Corte destacó, en primer lugar, que la defensoría pública presta un servicio de carácter permanente, lo que no es equivalente a que la representación judicial que cada abogado asume en los asuntos que tiene a su cargo se torne permanente. En ese orden, el servicio puede ser prestado por conducto de profesionales particulares. En segundo lugar, resaltó que con la medida censurada se buscó una prestación eficaz, eficiente y oportuna del servicio público en los términos del artículo 209 de la Constitución. Y, en tercer lugar, añadió que el Legislador optó por garantizar la autonomía e independencia del contratista como cualidad propia de un colaborador de la administración pública en la prestación de servicios. Esto último de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 941 de 2005. Por estas razones, la Corte advirtió que el legislador no procuró ocultar relaciones laborales bajo el ropaje de los contratos de prestación de servicios, y, en consecuencia, no trasgredió los artículos 25 y 53 de la Constitución Política\ En lo referido a las denominadas "cláusulas de exclusividad", la Sala señaló que otorgar la posibilidad de suscribirlas en los contratos de prestación de servicios suscritos con defensores públicos, no necesariamente es contrario a la Constitución. Esto porque ello puede fundarse en móviles razonables, relacionados con la eficacia del servicio público de la Defensoría. Sin embargo, resaltó de manera contundente que aquellas cláusulas no pueden, en modo alguno, servir para ocultar verdaderas relaciones laborales
SENTENCIA C-305 de 2023 - Fallo inhibitorio en relación con el cargo formulado contra el parágrafo del artículo 225a de la Ley 1952 de 2019, adicionado por el artículo 40 de la Ley 2094 de 2021 (Código General Disciplinario)
SENTENCIA C-208 de 2023 - ¿Al establecer la norma demandada un plazo máximo de diez (10) meses para el cumplimiento de las condenas impuestas a entidades públicas, consistentes en el pago o devolución de una suma de dinero cuando se aplica a sentencias que condenan al Estado al pago de pensiones, vulnera los derechos al mínimo vital (53), a la dignidad humana (1), al pago oportuno de las pensiones (53), a la seguridad social (48) de los niños, niñas y adolescentes (44); de las personas de la tercera edad (46), de las personas en situación de discapacidad (47)? La Sala encontró que la disposición demandada en efecto genera una afectación prima facie a los derechos a la seguridad social, al mínimo vital y a la protección especial que se predica de los niños, niñas y adolescentes, de las personas de la tercera edad y de las personas en condición de discapacidad que se benefician de las condenas impuestas a entidades estatales que ordenan el pago de pensiones. Sin embargo, estimó que se trata de una medida razonable y proporcionada, en cuanto persigue un fin que no está constitucionalmente prohibido y que es importante: el cumplimiento del principio constitucional de legalidad del gasto, y los principios de planeación y anualidad presupuestal. EXEQUIBLE el inciso segundo del artículo 192 de la Ley 1437 de 2011 -CPCA-
SENTENCIA C-80 de 2023 - INEXEQUIBLES los artículos 66, 67 y 68 de la Ley 2195 de 2022 "por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones" por la vulneración los principios de consecutividad e identidad flexible en su trámite de aprobación. Dispone la REVIVISCENCIA del artículo 14 de la Ley 1340 de 2009, el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009, que modificó el numeral 15 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, y el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, que modificó el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992

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Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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