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ACUERDO 4 DE 2021

(enero 25)

Diario Oficial No. 51.581 de 7 de febrero de 2021

INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL

Por medio del cual se autoriza un descuento del cuarenta por ciento (40%) en el valor de los Derechos de Grados Colectivos para los niveles Técnico Profesional, Tecnológico y Profesional Universitario para el período académico A de 2021, como consecuencia de la pandemia del Coronavirus COVID-19.

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TOLIMENSE DE FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL (ITFIP),

en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 122 de la Ley 30 de 1992, artículo 26 numeral 16 del Acuerdo número 21 del 18 de junio del 2018 “Estatuto General”, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 67 de la Constitución Política dispone que “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura”. Así mismo, el inciso final del artículo 69 de la misma normatividad señala que “El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior”.

Que, el artículo 2o de la Ley 30 de 1992 establece que la educación superior es un servicio público cultural, inherente a la finalidad social del Estado.

Que, el artículo 6o literal b) de la Ley 30 de 1992 dispone que, entre otros, son objetivos de la educación superior y de sus instituciones, trabajar por la creación, el desarrollo y la transmisión del conocimiento en todas sus formas y expresiones y promover su utilización en todos los campos para solucionar las necesidades del país.

Que, de conformidad con el artículo 122 de la Ley 30 de 1992, los derechos pecuniarios que pueden exigir las instituciones de Educación Superior, los cuales hacen parte del Presupuesto General del ITFIP, son los siguientes: a) Derechos de inscripción, b) Derechos de matrícula y complementarios, c) Derechos por exámenes de habilitación y supletorios, d) Derechos por cursos, seminarios, diplomados y de educación para el trabajo, e) Derechos de grado, f) Derechos por expedición de certificados y constancias, f) Otros Derechos complementarios.

Que, el artículo 26 numeral 16 del Acuerdo número 21 del 18 de junio del 2018 “Estatuto General” establece que es función del Consejo Directivo fijar los Derechos Pecuniarios del ITFIP.

Que, mediante Acuerdo número 29 del 15 de diciembre de 2020 se fijó el valor de los Derechos Pecuniarios para los servicios académicos que ofrecerá el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), durante la vigencia del 2021 y se establecen tarifas para otros derechos complementarios.

Que, en el anterior Acuerdo se fijaron los siguientes valores de los Derechos grados colectivos y ventanilla para todos los niveles de formación:

 Que, mediante el Decreto número 417 del 17 de marzo de 2020, con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, como consecuencia de la pandemia del Coronavirus COVID-19.

Que, el Gobierno nacional ha ordenado a través de diferentes decretos el Aislamiento Preventivo Obligatorio y que en la actualidad rige la medida de aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable hasta el 28 de febrero de 2021.

Que, estas medidas de aislamiento preventivo y selectivo han mitigado el riesgo al contagio por el COVID-19, pero han afectado la economía del país.

Que, los estudiantes del ITFIP, próximos a graduarse, presentaron comunicaciones ante el Consejo Directivo en donde manifiestan que se han visto perjudicados por esta crisis tanto sanitaria como económica, solicitando un descuento en el valor de los derechos de grados colectivos para los distintos niveles de formación, con el propósito de no desertar de sus estudios y continuar avanzando en su formación académica.

Que, los efectos que se derivan de las circunstancias que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, así como el Aislamiento Preventivo Obligatorio afectan el derecho al mínimo vital de los hogares más vulnerables de nuestro país, incluidos los estudiantes del ITFIP y sus grupos familiares, por lo que se requieren adoptar medidas excepcionales con el fin de brindar apoyos económicos a la población más desprotegida de nuestra comunidad académica, estableciendo un descuento en el valor de los Derechos de Grados Colectivos de los niveles Técnico Profesional, Tecnológico y Profesional Universitario para el período académico A de 2021, por este motivo nuestra Institución en aras de proteger el derecho fundamental a la Educación ha buscado generar soluciones para el progreso de la población de nuestro departamento reflejado en nuestros estudiantes con el fin de que a futuro mejoren al máximo su calidad de vida y la de sus familias.

Que, la coordinación financiera presentó la justificación técnica, donde se analizó el comportamiento histórico de la aplicación de los acuerdos de derechos pecuniarios en lo que respecta a los costos establecidos para derechos de grado colectivo de las vigencias 2019 y 2020; así mismo los auxilios aprobados por este concepto por parte del Consejo Directivo, y que revisada la proyección del comportamiento de los ingresos y gastos de la Institución por concepto de pago de derechos de grado proyectados para la vigencia 2021, se determina que el descuento del 40% sobre el valor de los derechos de grado para el semestre A 2021 cuenta con viabilidad financiera.

Que, en virtud de las anteriores consideraciones, el Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional “ITFIP”.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Autorizar, como medida excepcional, un descuento del cuarenta por ciento (40%) en el valor de los Derechos de grados colectivos como requisito de grado para los niveles Técnico Profesional, Tecnológico y Profesional Universitario, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acuerdo.

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ARTÍCULO 2o. El pago de los Derechos de Grados se efectuará en única cuota y solo aplica para los graduandos del semestre A/2021.

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ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en El Espinal, Tolima, a 25 de enero de 2021.

La Presidenta del Consejo Directivo,

Adriana María López Jamboos.

La Secretaria del Consejo Directivo,

Luz Yineth Zarta Osuna.

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