Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

ACUERDO 35 DE 2001

(abril 3)

Diario Oficial No 44.453, de 12 de junio de 2001

CONSEJO DE ESTADO

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el Acuerdo 80 de 2019>

EL CONSEJO DE ESTADO, SALA PLENA,

Resumen de Notas de Vigencia

 en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el artículo 56 de la Ley 270 de 1996,

ACUERDA:

PRIMERO. <Acuerdo derogado por el Acuerdo 80 de 2019> El numeral 7 del artículo 33 del Reglamento del Consejo de Estado, quedará así:

"7. Una vez aprobada la providencia, concepto o dictamen de que se trate y desde el día siguiente al recibo del expediente en la Secretaría respectiva, se procederá a las notificaciones y comunicaciones a que hubiere lugar, y a partir de entonces los consejeros que hubieran disentido de los motivos o de la decisión, dispondrán de un plazo común de ocho (8) días para depositar su aclaración o salvamento de voto; vencido este término se perderá la oportunidad de salvar o aclarar su voto.

SEGUNDO. Este acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Bogotá, D. C., abril 3 de 2001.

El Presidente,

MANUEL SANTIAGO URUETA AYOLA.

La Secretaria General,

MERCEDES TOVAR DE HERRÁN.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 20 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.939 de 13 de Noviembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.