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JURISPRUDENCIA : CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO INDEFINIDO : TUTELA
Corte Constitucional, S. T- 725 de 2009 - ¿La entidad demandada vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, la igualdad y el trabajo de la actora, la cual se encuentra limitada físicamente, de manera considerable, a pesar de que no está reconocida como discapacitada, al terminarle de manera unilateral el contrato a término indefinido? Concedida. Accidente de tránsito. La protección laboral a los discapacitados se extiende también para aquellas personas que de manera clara se encuentran en situación de inferioridad física. Estabilidad laboral reforzada. Si una entidad desea hacer efectivo el despido de una persona que se encuentra en situación de inferioridad física, es necesario que previamente, solicite un permiso a la autoridad competente. De lo contrario, se configura la presunción de discriminación. Reintegro. Despido ineficaz

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"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 30 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.728 - 15 de abril de 2024)

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