Búsqueda avanzada


2023
Corte Constitucional, S. C- 462 de 2023 - Las inhabilidades para contratar, contenidas los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, para quienes se encuentren en "segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad" deben entenderse que también incluyen a quienes se encuentren dentro del "segundo grado de parentesco civil". En los anteriores términos se CONDICIONA la exequibilidad de las expresiones "segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad", contenidas en los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993
Corte Constitucional, S. C- 458 de 2023 - Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-391de 2023, que declaró la inexequibilidad del artículo 95 de la Ley 2277 de 2023 -por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones-
Corte Constitucional, S. C- 208 de 2023 - ¿Al establecer la norma demandada un plazo máximo de diez (10) meses para el cumplimiento de las condenas impuestas a entidades públicas, consistentes en el pago o devolución de una suma de dinero cuando se aplica a sentencias que condenan al Estado al pago de pensiones, vulnera los derechos al mínimo vital (53), a la dignidad humana (1), al pago oportuno de las pensiones (53), a la seguridad social (48) de los niños, niñas y adolescentes (44); de las personas de la tercera edad (46), de las personas en situación de discapacidad (47)? La Sala encontró que la disposición demandada en efecto genera una afectación prima facie a los derechos a la seguridad social, al mínimo vital y a la protección especial que se predica de los niños, niñas y adolescentes, de las personas de la tercera edad y de las personas en condición de discapacidad que se benefician de las condenas impuestas a entidades estatales que ordenan el pago de pensiones. Sin embargo, estimó que se trata de una medida razonable y proporcionada, en cuanto persigue un fin que no está constitucionalmente prohibido y que es importante: el cumplimiento del principio constitucional de legalidad del gasto, y los principios de planeación y anualidad presupuestal. EXEQUIBLE el inciso segundo del artículo 192 de la Ley 1437 de 2011 -CPCA-

Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.