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2010
SENTENCIA C-704 de 2010 - Las normas demandadas no vulneran la reserva de ley en relación con la autonomía universitaria, ni exceden el ámbito propio de la facultad de inspección y vigilancia otorgada al Gobierno Nacional. Para la Corte, el establecimiento de estándares mínimos de calidad de los programas de formación y los criterios para la evaluación de los mismos, no hace parte integral de la potestad que la Constitución ha reconocido a los establecimientos de educación superior para establecer sus planes de estudio y los métodos y sistemas de investigación, en virtud del principio de autonomía universitaria. Las tarifas establecidas corresponden a tasas y están reguladas por la Ley 1324 de 2009 y la Ley 635 de 2000. Esta última establece los elementos esenciales del tributo. Ley 1324 de 2009, "por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES"; Arts 1 a 7 y 11 (parcial) : Exequibles.Fallo inhibitorio en relación con otros artículos
SENTENCIA C-543 de 2010 - Inexequible el negar la licencia de maternidad para madres adoptantes de mayores de 7 años, menores de 18. La distinción efectuada por el legislador en el numeral 4º del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo (Mod. por el Art. 34 de la Ley 50 de 1990) en la medida que el descanso remunerado para la madre adoptante sólo se concede cuando el hijo es menor de siete (7) años de edad resulta injustificada e incompatible con lo dispuesto por la Carta Política. No resulta lógico ni razonable, que luego de las situaciones de abandono, violencia, maltrato físico y emocional, soledad y pérdida de los padres, a las que suelen estar expuestos los y las adolescentes, se prive precisamente a este grupo etáreo del goce de un conjunto de prestaciones encaminadas a asegurar la integración a la nueva familia en condiciones de calidad y dignidad
SENTENCIA C-375 de 2010 - ¿Los artículos 10 y 11 de la Ley 1324 de 2009, que disponen que los recursos que se trasladan del ICFES al Ministerio de Educación Nacional para inversión social, estarán dirigidos exclusivamente a actividades de fomento de la educación en universidades públicas, vulneran el principio constitucional que establece que no habrá rentas nacionales de destinación específica? Los recursos de que tratan las normas demandadas corresponden a recursos del gasto social, los cuales están exceptuados expresamente del mandato constitucional supuestamente vulnerado. Exequibles

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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