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PRESTACIONES SOCIALES
Corte Constitucional, S. T- 638 de 2017 - ¿Vulneró el Tribunal Administrativo del Tolima los derechos fundamentales de la accionante en su condición de profesora oficial, al negarle el reconocimiento y pago de la sanción moratoria de las cesantías por considerar que en ausencia de un precedente unificado sobre el tema, esta normatividad comprende únicamente a los servidores públicos del régimen general y por tanto, no al especial al que pertenece la accionante? Pago de sanción moratoria de las cesantías a docentes oficiales. Hacer uso de esa interpretación restrictiva en el presente caso lleva al (i) desconocimiento efectivo de los derechos al trabajo y a la seguridad social, de los cuales son titulares todos los trabajadores sin distinción alguna; (ii) contraría el propósito del legislador dirigido a garantizar los derechos a la seguridad social y al pago oportuno de las prestaciones sociales de los trabajadores, a través de la implementación de un mecanismo ágil para la cancelación de la sanción moratoria para los trabajadores tanto del sector público como del privado, sin distinción; (iii) desconoce el Tribunal Administrativo que el reconocimiento de la sanción moratoria a favor de los docentes oficiales, en este caso de la accionante es la postura que mejor se adecúa a los postulados constitucionales, porque se soporta en argumentos materiales sobre la naturaleza propia de la labor desempeñada por los docentes que les otorga un trato equivalente al de los empleados públicos; (v) olvida que en virtud del principio de favorabilidad en material laboral, se debe dar aplicación de la interpretación que resulte ser más beneficiosa para los docentes, en este caso, aplicarles el régimen general de los servidores públicos; y (vi) conducen a la vulneración del derecho a la igualdad en las decisiones judiciales, al proferir sentencias contrarias en casos que se sustentan en los mismos supuestos fácticos
CE SII E 1270 de 2012 - Pensión de jubilación del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - Sustitución al Instituto de Seguro Social
CE SII E 0957 de 2012 - Pensión de jubilación de los empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - Régimen aplicable - Subrogación
CE SII E 0343 de 2013 - Prestaciones sociales del Servicio Nacional de Aprendizaje - Regulación legal - Aplicación del régimen general de la rama ejecutiva
CE SII E 7782 de 2010 - Prestaciones sociales de empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

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ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 12 de Diciembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.950 - 24 de Noviembre de 2024)

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