Búsqueda avanzada


J : PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO : AUTO ADMISORIO DE RECURSO
CE SI E 297 de 2008 - Las partes, dentro del término de ejecutoria del auto que admita el recurso, podrán pedir pruebas, que sólo se decretarán en los casos previstos en el artículo 214 del Código Contencioso Administrativo. Para practicarlas se fijará un término hasta de 10 dias. Ministerio de Transporte - Competencia en autorización a empresas de transporte para prestar el servicio en corredor Santafe de Bogotá-Soacha. Empresa prestadora del servicio público de transporte de pasajeros y mixto - Legalización. Indemnización de perjuicios. Proceso contencioso administrativo - Prueba pericial. Auto admisorio de recurso

Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial S.A.S.©
"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 15 de Noviembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.922 - 27 de Octubre de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.