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JURISPRUDENCIA : CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO : ASPECTOS GENERALES : CONSTITUCIONALIDAD : CC
Corte Constitucional, S. C- 16 de 1998 - Contrato civil y contrato laboral diferencias - Demanda de inconstitucionalidad contra los Artículos 45 (parcial), 46 y 61 (parcial) del Código Sustantivo del Trabajo. ¿Vulnera el contrato a término fijo el principio de estabilidad laboral? Los contratos de trabajo a término fijo no son per se inconstitucionales. La renovación sucesiva del contrato a término fijo, no riñe con los mandatos de la Constitución. Principio de estabilidad - El sólo vencimiento del plazo inicialmente pactado, producto del acuerdo de voluntades, no basta para legitimar la decisión del patrono de no renovar el contrato; siempre que al momento de la expiración del plazo inicialmente pactado, subsistan la materia de trabajo y las causas que lo originaron y el trabajador haya cumplido efectivamente sus obligaciones, a éste se le deberá garantizar su renovación
Corte Constitucional, S. C- 3 1998 - Contrato de trabajo a término fijo; inconstitucionalidad
Corte Constitucional, S. C- 483 1995 - Contrato de trabajo; a término fijo

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"Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES"
ISSN [2500-4409 En linea]
Última actualización: 16 de septiembre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.854 - 20 de agosto de 2024)

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